GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:
EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....
Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR"; "HISTORIAS DEL MAR"; “ESPIGOLANT CULTURA: Taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otras historias.
(Temáticas): DATOS PARA LA HISTORIA DEL MUNICIPIO DE TORREBLANCA-TORRENOSTRA.
"DOS ATAQUES DE LA FACCIÓN DEL SERRADOR AL MUNICIPIO DE TORREBLANCA, EN NOVIEMBRE DE 1835 Y EN JUNIO DE 1836".
Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL.
INTRODUCCIÓN: La primera guerra carlista fue una guerra civil que se desarrolló en España entre los años 1833 y 1840 entre los carlistas, partidarios del infante Carlos María Isidro de Borbón y de un régimen absolutista, y los isabelinos, defensores de Isabel II y de la regente María Cristina de Borbón, cuyo gobierno fue originalmente absolutista moderado y acabó convirtiéndose en liberal para obtener el apoyo popular. Antiguamente fue conocida por la historiografía española como guerra de los Siete Años o primera guerra civil. La población del municipio de Torreblanca (Castellón), a lo largo de los siete años que duró la contienda, sufrieron y padecieron conflictos siendo protagonistas en unos cuantos combates de guerra.
EXPOSICIÓN DOCUMENTAL:
(Documento 1º, fechado en el año 1836):
El Mundo (Madrid. 1836). 16/6/1836. NOTICIAS
NACIONALES. CASTELLÓN, 6 de junio (de 1836).= La facción del Serrador, que en la tarde de
ayer se presentó a la vista de esta capital, se ha dirigido hacia Torreblanca,
cuya guarnición, parece se ha defendido heroicamente, huyendo escarmentados los
rebeldes.
- Sabemos de un modo positivo que el cabecilla
Serrador se quejó altamente en puebla Tornesa de que se le había engañado
avisándole que solo hablan quedado aquí los nacionales, ha-hiendo salido la
columna del coronel Cánovas y la demás fuerza para Vinaroz.
- Aunque esta salida no se practicó el sábado, se
aseguraba que al día siguiente se verificaría, y de esto inferimos que de esta
capital le fue el aviso a aquel malvado.
- Menester, es, pues, que vigilemos mucho para
saber, no solo los hechos sino hasta el pensamiento de nuestros enemigos: de
esos enemigos hablamos, que confundiéndose entre nosotros e imitando nuestro
lenguaje, son los que más servicios prestan a la causa de la injusta rebelión.
Entre los cadáveres que han sido reconocidos esta
mañana (cinco), se encuentra el cabecilla, el Curro de Villanueva.
(Documento 2º, fechado en el año 1836):
El Eco del comercio. 2/7/1836, n.º 794. ALICANTE, 26 de junio (de 1836).= Noticias funestas habían corrido en esta capital sobre la compañía de seguridad pública de la misma, ahora (denominados) voluntarios de Valencia, que después de la más heroica defensa en el fuerte de Torreblanca, rodeado de 3000 caribes al mando del Serrador, había capitulado honrosamente.
El Eco del comercio. 2/7/1836, n.º 794. VINAROZ, 22 de junio (de 1836).= Parece que estamos condenados en el Bajo Aragón y reino de Valencia a sufrir las calamidades que arrastra en pos de sí una facción desenfrenada, asesina y que se cree triunfante valiéndose de su superior número, de su traición y de la rapidez de sus movimientos verificados con una seguridad increíble atendido el prestigio de que goza en este país.
- Es ya notoria la pérdida del coronel Valdés en Bañón,
sábense las atrocidades últimamente cometidas por el sanguinario Cabrera en los
alrededores de Valencia, son harto ciertos los medios atroces y ruines de que
se ha valido el infame Serrador para rendir los fuertes de Torreblanca y
Alcalá, y es en fin dolorosísimo que cuando en todas partes va la facción
aproximándose al término de su horrorosa existencia, sea solo este desgraciado país
el destinado a soportar las vejaciones, las tropelías y los efectos todos de
las ventajas que va adquiriendo sobre nosotros.
(Documento oficial 4º, fechado en el año 1835):
- La Revista Española (Madrid). 25/11/1835, página 2. PARTE INFORMATIVO DEL ATAQUE DEL SERRADOR A LA POBLACIÓN DE TORREBLANCA DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DE 1835.
Textos: ”CASTELLÓN DE LA PLANA 16 de noviembre de 1835. PARTE RECIBIDO EN ESTA COMANDANCIA. Acabo de recibir el siguiente parte del comandante de armas de Torreblanca. “Ayer a las cuatro y media de la tarde fue acometida esta población por unos 3800 infantes y 400 caballos poco más ó menos, según relación de los paisanos de esta villa, al mando del cabecilla Serrador, el cual me mandó por medio de un oficio que me entregase con toda la fuerza, armamento y municiones, pues de lo contrario sería reducido a cenizas con toda la población; pero contesté, que primero consentiría perder hasta la última gota de sangre, que entregarme á tan vil canalla.
- No puedo menos de decir á V. S. que todos los que componen este destacamento y Guardia Nacional de esta villa, se han defendido como valientes defensores de nuestra amada Reina Doña Isabel II; han quemado y saqueado una porción de casas, la pérdida del enemigo ha sido de nueve a diez muertos que se sabe por ahora, pero aún no se han reconocido las inmediaciones del pueblo, porque en este momento que son las diez acaban de marcharse los facciosos; se les han pillado además armas y víveres, y les hemos muerto caballos y mulos. Por mi parte un soldado de mi compañía muerto, otro cabo 2.º herido, y el sargento Benito Vidal contuso del píe y un herido del provincial de León. Quedando en dar parte por extenso a V. S. luego que estemos tranquilos, pues según voces quiere volver la facción esta noche.
- Guardias Nacionales y habitantes todos de esta provincia, por los partes que anteceden y me apresuro á noticiaros por medio del Boletín extraordinario, conoceréis lo insignificante que son las facciones que devastan este país; pues 50 valientes, unidos á igual número de Nacionales de Torreblanca, han burlado á tres mil y más hombres que estaban resueltos á quemar la población sí no se entregaba, huyendo vergonzosamente y abandonando su temeraria empresa; y me prometo, que á cuantos puntos fortificados se dirija esa vil canalla, recibirá igual escarmiento que ha experimentado en la leal Torreblanca; convenciéndose todos de que los males que se sufren por la resistencia, no solo es glorioso sufrirlos por la Patria, que sabrá en la paz remunerarlos, sino que los libra de las vejaciones á que quedan sometidos con oprobio.
- Castellón, 15 de noviembre de 1835.= Melchor del Castaño”. Gobernador político y militar de Castellón de la Plana.
(Documento oficial 5º, fechado en el año 1835):
APROXIMACIÓN AL ASPECTO DEFENSIVO CIVIL, Y AL POSIBLE COMPORTAMIENTO Y ACTITUDES SEGÚN LAS NORMAS DEL GOBERNADOR DE CASTELLÓN, QUE EMPLEARON LOS POBLADORES DE TORREBLANCA, EN EL DÍA DEL ATAQUE. (A continuación)...
MEDIDAS OBLIGATORIAS Y DEBERES PREVENTIVOS DE DEFENSA PARA LA POBLACIÓN CIVIL DE CASTELLÓN Y PROVÍNCIA, EN CASO DE ATAQUES: La Revista española (Madrid). 6/9/1835, página 3. Textos de las normas:
- "MEDIDAS TOMADAS POR: Don Melchor del Castaño, coronel de infantería, comandante de batallón de artillería, y gobernador político y militar de Castellón de la Plana:
- "Habitantes de Castellón: Pues que el conocimiento de los deberes conduce al orden y fija la responsabilidad, y a fin de evitar toda duda en la conducta de este vecindario si el enemigo se presentase atacando esta capital, ansiando robarla e incendiarla cual es público que lo desea, declaro de acuerdo con el ilustre ayuntamiento:
- 1.º Que todo hombre, que se ausente huyendo del peligro y abandone la población, será indigno de corresponder en lo sucesivo a su vecindario, y por lo tanto será borrado del padrón, sin permitirle nunca volver a vivir a él.
- 2.º Todos los vecinos, deberán cerrar fuertemente sus puertas, ofender a los enemigos si se atreviesen a penetrar en las calles; es inteligencia que todos observarán mutuamente la conducta de sus inmediatos, y sufrirá castigo severo aquel que fuere acusado competentemente de haber permanecido en inacción e indiferente en circunstancias tan críticas.
- 3.º Todo habitante de casa con pisos altos, estará obligado en el momento de presentarse enemigos, de cubrir los antepechos de sus balcones con colchones, y detrás de estos hará fuego (disparos), como también desde las azoteas y tejados, arrojando sino tuviere armas todo lo que pueda dañar a aquellos, a cuyo objeto harán acopio de piedras.
- 4.º Los vecinos de casas bajas, tienen la misma obligación de defenderse, haciendo en sus puertas o paredes a lo menos un agujero tronera, para sacar la boca de un fusil o escopeta, y ocupando los tejados a los mismos fines que están dichos, para lo que también tendrán repuesto de piedras.
- 5.º Todo Urbano que no estuviere en su puesto a la presentación del enemigo, será juzgado con arreglo a la ordenanza del ejército dentro de tercero día después que el pueblo quede libre.
- 6.º Se prohíbe todo grito y aun conversación, que inspire emigración o abandono de defensa bajo la más grave responsabilidad; y si estos gritos o conversaciones públicas fueren en los momentos de presentarse los enemigos, serán castigados hasta con la pena capital en un breve juicio.
- 7.º En todo caso de alarma, son responsables los padres de familia y amos de casa, de tener recogidas las mujeres e hijos, para que no vayan por las calles.
- 8.º Como la fuerza armada, que defienda el pueblo podrá avanzar o retirarse ya en guerrilla o ya en masa, se previene el mayor cuidado en la dirección de los fuegos, y cuanto se arroje para dañar al enemigo, pues se exigirá responsabilidad personal si tal aconteciese.
- 9.º En todo momento de alarma y mientras dure, no se podrá tocar campana alguna.
- 10.º Los dueños de casas extremas de la población, estarán prevenidos de los útiles necesarios para abrir de una a atrás comunicaciones en retirada si fuere necesario.
- 11.º Los alcaldes de barrio pasaran esta revista dentro de tercero día. Además, en el ayuntamiento habrá un depósito para acudir á donde convenga.
- 12.º Si la alarma es de noche, se iluminarán todas las casas.
- 13.º En el ayuntamiento existirá un depósito de fusiles y municiones para repartir á los hombres útiles de los barrios á cargo de los respectivos prohombres.
- 14.º Por disposición del señor gobernador civil, en caso de presentarse enemigos, se proporcionará el haber necesario á todos los hombres de la población para su alimento y el de su familia.
- 15.º Encargo el orden que haré respetar: sin orden no hay leyes: sin leyes no hay patria ni existe libertad.
- Y para conocimiento de todos y no pueda alegarse ignorancia, he dispuesto se publique y fije en esta capital, y se inserte además en el Boletín Oficial. Castellón, 26 de agosto de 1835.= Melchor del Castaño".
ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):
EL SERRADOR: Es José Miralles Marín, alias "el Serrador" (nació en Villafranca del Cid, 1792- falleció en Benasal, 16 de mayo de 1844). El Serrador fue un militar carlista, durante la primera guerra carlista combatió principalmente en la región del Maestrazgo.