Translate

martes, 9 de junio de 2020

"GRAUS"

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

(Proyecto): HISTORIAS DEL MAR. DATOS PARA LA HISTORIA DE LOS ANTIGUOS “GRAOS”  Y EMBARQUES EN LAS PLAYAS DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN (ESPAÑA).

"LOS EMBARQUES DE PRODUCTOS DEL PAÍS, EN LOS GRAOS HABILITADOS EN LAS PLAYAS DE BURRIANA, MONCOFAR Y ALMAZORA. LAS VÍAS DE COMERCIO DEL SIGLO XIX".

- Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL
("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B. cronista histórico).

- (En homenaje a mi tierra, a mi país, a sus gentes, a sus memorias y a su historia).  


INTRODUCCIÓN: Un Grao en el vocabulario náutico, es una playa que sirve de improvisado desembarcadero para el embarque y exportación de géneros con destino a otros puertos y ciudades y a Ultramar, de frutos y productos locales del país. A lo largo de la historia, hasta mitad del siglo XIX en que apareció la línea del ferrocarril en la provincia de Castellón, el medio de exportar bienes y mercancías más habitual, fue el transporte naval de cabotaje comercial, siendo la forma más rápida y eficaz de transporte, empleándose embarcaciones y buques de carga. Los “Graos” o “Graus” nacian a petición de algunos empresarios con intereses agrarios o comerciales, que hacía se decidiesen por solicitar la pertinente autorización al Estado, para que se pudiese practicar el transporte naval de cabotaje en cierto punto de la costa habilitado para tal fin, en el litoral, y lo más cercano posible a la zona de producción de los géneros del país para exportar.  La conducción por vía terrestre a lomos de bestias y caballerías, por caminos malos y lentos, suponía una ruina para los sectores agropecuarios y de comercio, y productores locales, los elevados costes que suponía el transporte terrestre, hacía que las largas distancias se intentasen cubrir por mar, de esa necesidad de transporte, rápido y eficiente la proliferación de este tipo de gradas y embarcaderos, que los valencianos llamamos “graus”. A lo largo del siglo XIX, este tipo de embarcaderos estaban consolidados como  puertos locales para el tráfico naval de cabotaje, tanto para la entrada y salida de mercancías como de personas, protagonismo que se mantuvo hasta bien entrado el siglo XX. Con esta actividad portuaria aparecieron en los Graos, los “alcaldes de mar”, nombrados por la Comandancia de Marina para atender a los matriculados en su jurisdicción, controlar la actividad comercial y dar cuenta de cualquier incidente que se produjese en el tramo de costa que tuviese destinado dicho alcalde. 

EMBARCADEROS Y “GRAUS”:
(DOCUMENTO 1º. AÑO 1884): RESUMEN-SINOPSIS: Real Orden del Ministerio de Hacienda aprobada en febrero del año 1884. Real órden resolviendo el expediente sobre la habilitación de la playa comprendida entre Burriana y Almazora para el embarque de naranja. Real Orden Publicada por el Ministerio de Hacienda en la Gaceta de Madrid, número 24, de 24/01/1884, página 228.
EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: TEXTO: “MINISTERIO DE HACIENDA. REALES ÓRDENES. Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido con motivo de la solicitud de D. Antonio Raset para que se habilite un punto de la playa comprendida entre Burriana y Almazora para el embarque de naranja:
-Resultando que con arreglo al art. 6º. de las Ordenanzas se pidieron los oportunos informes, y que los han evacuado en sentido favorable el Administrador de la Aduana de Vinaroz y el de la de Burriana, el Jefe de la Comandancia de Carabineros, la Junta de Agricultura, Industria y Comercio de la provincia y el Delegado de Hacienda de la misma:
-Considerando que la necesidad de dar fácil salida á la naranja que constituye la principal riqueza del distrito de Burriana, aconseja la concesión que se solicita, porque se favorecerá la Agricultura y el Comercio, sin perjuicio alguno para los intereses de la Hacienda:
-Considerando que en el punto de Masquemado, que es donde deben verificarse los embarques del expresado fruto, existe destacamento de Carabineros que puede vigilar las operaciones de embarque, las cuales autorizará la Administración de Burriana sin que el nuevo servicio haga necesario aumento de la fuerza del resguardo, que es muy suficiente para atender á la fiscalización de un solo artículo, por mucho que sea el incremento que tome la exportación; S. M. el Rey (Q. D. G.), de conformidad con lo propuesto por esa Dirección general, se ha servido resolver se habilite la playa comprendida entre Burriana y Almazora en el punto denominado Masquemado, para el embarque de naranja, con autorización de la Aduana de Burriana, y bajo la vigilancia del resguardo de Carabineros del destacamento de Masquemado.
De Real orden lo digo á V. I. con remisión del expediente para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde i V. I. muchos años; Madrid 19 de Diciembre de 1883. GALLOSTRA. :Sr; Director General de Aduanas”.

(DOCUMENTO 2º. AÑO 1869): RESUMEN-SINOPSIS: Orden del Ministerio de Hacienda aprobada en julio del año 1869. Orden habilitando á la Aduana de Burriana para la exportación á Ultramar de géneros, frutos y efectos del país. Orden publicada por el Ministerio de Hacienda en la Gaceta de Madrid, número 189, de 08/07/1869, página 1.
EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: TEXTO: “ Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido á consecuencia de haber solicitado varios comerciantes de la villa de Burriana, provincia de Castellón, que se habilite la Aduana de aquella villa para la exportación á Ultramar de géneros, frutos y efectos del país; S. A. el Regente del Reino , de conformidad con lo propuesto por V. I., ha tenido á bien acceder á lo solicitado.
De orden de S. A. lo digo á V. I. para su conocimiento y demás fines.
Dios guarde á V. I. muchos años.
Madrid 1.° de Julio de 1869.
FIGUEROLA. Sr. Director General de Rentas”.

(DOCUMENTO 3º. AÑO 1879): RESUMEN-SINOPSIS: Orden del Ministerio de Hacienda aprobada en febrero del año 1879. Real orden disponiendo se habilite la playa de Almazora, en la provincia de Castellón, para el embarque de frutos del país. Publicado por el Ministerio de Hacienda en la Gaceta de Madrid, núm. 89, de 30/03/1879, página 911.
EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: TEXTO: “Excmo. Sr.: Vista una instancia del Ayuntamiento, cosecheros y varios vecinos del pueblo de Almazora, en la provincia de Castellón, exponiendo los grandes perjuicios que les ocasiona el transportar los frutos del país, y especialmente la naranja, que en considerables cantidades se produce en aquel término, á Castellón ó á Burriana, puntos habilitados para el embarque de los mismos frutos con destino al extranjero, y solicitando que dicho embarque pueda verificarse por la playa de Almazora, que dista del pueblo menos de cinco kilómetros de buen camino, con lo que no sufrirán la competencia, de otros pueblos del litoral que exportan directamente sus productos:
-Vistos los informes emitidos por el Jefe económico de la provincia, Administrador principal de Aduanas, Jefe de la Comandancia de Carabineros y Junta de Agricultura, Industria y Comercio:
-Considerando que es indudable la necesidad de que se permita en la playa de Almazora la carga de frutos del país, poniendo al pueblo del mismo nombre en iguales condiciones, económicas que otros de la provincia de Castellón que no cuentan sin embargo con la abundante producción agrícola á que necesita dar salida el de que se trata; y

-Considerando que el punto que se trata de habilitar está próximo á Castellón, capital de la provincia, por lo que el Administrador de la Aduana del Grao de Castellón puede intervenir fácilmente las operaciones que se practiquen en la playa de Almazora en los casos excepcionales que requieran su asistencia á aquel punto, donde existe destacamento de Carabineros para ejercer la debida fiscalización; S. M. el Rey (Q. D. G.), de conformidad con lo propuesto por V. E., se ha servido disponer se habilite la playa de Almazora, en la provincia de Castellón, para el embarque de frutos del país, con documentación de la Aduana del Grao de Castellón y bajo la vigilancia del Resguardo de Carabineros establecido en el mismo punto. De Real orden lo digo á V. E. para los efectos correspondientes.
Dios guarde á V. E. muchos años.
Madrid 19 de Marzo de 1879.
OROVIO. Sr. Director General de Aduanas”.

(DOCUMENTO 4º. AÑO 1870): RESUMEN-SINOPSIS: Orden del Ministerio de Hacienda aprobada en febrero del año 1870, habilitando la playa de Moncófar para la exportación de frutos y efectos del país. Publicado por el Ministerio de Hacienda en la Gaceta de Madrid, núm. 45, de 14/02/1870, página 1.
EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: TEXTO: “REGENCIA DEL REINO. MINISTERIO DE HACIENDA. ÓRDEN. Ilmo. Sr.: Visto cuanto resulta del expediente instruido á consecuencia de la instancia del Ayuntamiento de Moncófar, provincia de Castellón de la Plana, en solicitud de que se habilite la playa de su jurisdicción, dependiente de la rada de Burriana, para el embarque de frutos y efectos del país con destino á otros puertos del reino y del extranjero: Vistos los informes dados por el Jefe de la Administración económica de la provincia de Castellón, Administrador de la Aduana de Vinaroz, Jefe de la Comandancia de Carabineros y Junta provincial de Agricultura, Industria y Comercio, favorables todos á la habilitación que se solicita; S. A. el Regente del Reino se ha servido disponer, de conformidad con lo propuesto por V. I., que se habilite la playa de Moncófar para la exportación de frutos y efectos del país, expidiendo la documentación correspondiente la Aduana de Burriana, é interviniendo las operaciones el resguardo de Carabineros de aquel punto.
De orden de S. A. lo digo á V. I. para los efectos consiguientes.
Dios guarde á V. I. muchos años.
Madrid, 1°. de febrero de 1870.
FIGUEROLA. Sr. Director General de Rentas”.

(DOCUMENTO 5º. AÑO 1886): RESUMEN-SINOPSIS: Real orden del Ministerio de Hacienda aprobada en noviembre del año 1886, habilitando la playa de Moncófar, Castellón, para el desembarque de maderas del país con autorización de la Aduana de Burriana. Orden de ley que fue publicada por el Ministerio de Hacienda en la Gaceta de Madrid, núm. 354, de 20/12/1886, página 885.
- EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: TEXTO: “MINISTERIO DE HACIENDA. REALES ÓRDENES. Excmo. Sr.: Vista una instancia del Ayuntamiento de Moncófar, Castellón de la Plana, en solicitud de que se habilite la playa de dicho punto para el desembarque de maderas del país destinadas á la fabricación de cajas para exportar frutos del mismo:
   Vistos los favorables, informes emitidos por el Delegado de Hacienda de la provincia, de Castellón, Administrador principal de Aduanas, Jefe de la Comandancia de Carabineros y Consejo de Agricultura, Industria y Comercio; Y considerando que la habilitación de que se trata, además de no irrogar perjuicios al Tesoro, ha de contribuir al fomento de la exportación de los frutos del país; El Rey (Q. D. G.), y en su nombre la Reina Regente del Reino, de conformidad con lo propuesto por esa Dirección general, ha resuelto que se habilite la playa de Moncófar antes citada para el desembarque de maderas del país con autorización de la Aduana de Burriana é intervención del Resguardo que vigila dicho punto.
- De Real orden lo digo a V. E. para su conocimiento y efectos correspondientes.
- Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid, 30 de noviembre de 1886.
- LÓPEZ PUIGCERVER Sr. Director General de Aduanas”.

(DOCUMENTO 6º. AÑO 1894): EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: Publicado en la Gaceta de Madrid: núm. 331, de 27/11/1894, páginas 663 a 670.
Texto: “MINISTERIO DE HACIENDA. DIRECCION GENERAL DE ADUANAS: a las Ordenanzas generales de la renta de Aduanas.
- PROVINCIA DE CASTELLÓN, 4 DISTRITOS ADUANEROS:
- BURRIANA: Villarreal, Burriana, Nules, Moncófar, Chilches, La Llosa, Almenara.
- GRAO DE CASTELLÓN: Villanueva de Alcolea, Oropesa, Cabanes, Puebla Tornesa, Borriol, Benicasim, Castellón, Almazora.
- BENICARLÓ: Benicarló, Peníscola, Cervera del Maestre, Santa Magdalena de Pulpis. Alcalá de Chisvert, Torre En Doménech, Torreblanca.
- VINAROZ: Vinaroz, Cálig”.

ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):
- GRAO O “GRAU”: (Fuente, Wikipedia) Un grao es una “grada” o un punto de la costa, que sirve de embarcadero, como la bocana de un puerto fluvial o un pequeño estrecho que comunica una albufera o río con el mar. La voz grao, muy común en el litoral mediterráneo, se origina a partir del término en occitano grau que significa «estuario» o «canal», derivado del latín “gradus” que significa «paso, estrecho» o del galo romance de origen galo “gravus” que significa «gravera, ribera arenosa, playa. 
- En materia marítima, un grao es el espacio que sirve de comunicación entre las aguas del mar y las aguas continentales. Los graos se abren en los puntos más bajo del cordón litoral, durante una crecida o una tormenta. Las aguas de los graos (medio dulces, medio saladas) son generalmente muy ricas en pesquerías. 
- A menudo los graos han dado origen a la construcción de barrios marítimos por el desdoblamiento portuario de un pueblo o de una ciudad, que suelen estar situados a una distancia de menos de 10 km. 
- Este hecho, muy común en el golfo de Valencia, se explica por la franja litoral de marjales palúdicas que desde muy antiguo desaconsejaban el establecimiento de núcleos habitados a orillas del mar. Por eso, se construía un terraplén fino en la playa, donde se edificaba el grao. Podía coincidir con la desembocadura de un río: antiguamente, el Júcar, y en la actualidad el río Mijares en Almazora, el río Sonella en Burriana (Grao de Burriana), el Turia en Valencia (Grao de Valencia), y el Serpis en Gandía (Grao de Gandía). 
- Otros graos, en zonas de marjal, están al norte de la provincia de Valencia: el Grau Vell de Sagunto, el Grao de Moncófar y el Grao de Castellón. 
- Actualmente los graos de Almazora y de Moncófar han dejado de ser puertos, y los de Burriana y Sagunto han sido desafectados, construyéndose puertos modernos al norte de los antiguos graos.
- GRAO O “GRAU” DE MONCOFAR: La exportación de cítricos a principio de siglo XX, se realizaba a través del puerto de Castelló y de los embarcaderos de Burriana y Moncófar. El embarque se hacía por medio de barcas que transportaban las pesadas cajas de naranjas a los barcos fondeados mar adentro. Las cajas de naranjas eran transportadas hasta la zona de embarque en la playa, con carros tirados por caballerías.
“…fue cotidiana la imagen de aquellas barcazas en el Grao, repletas de cajas, que tenaces trabajadores, con el agua casi hasta el cuello, empujaban mar adentro, y cuando no, conducían a hombros las cajas hasta las barcazas, luchando contra la fuerza de las olas”.
- CABOTAJE: En términos navales, el cabotaje es el transporte de carga y pasajeros entre puertos de un mismo país, navegando relativamente cerca de la costa.

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:

ARCHIVO FOTO-IMAGEN: 

Imágenes cedidas por J. E. Prades Bel.






domingo, 24 de mayo de 2020

TORRENOSTRA Y OTROS GRAOS, AÑO 1928

GENTES, COSTUMBRES, FOLCLORE, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA MARÍTIMA DE CASTELLÓN:

(Proyecto): DATOS PARA LA HISTORIA DEL MUNICIPIO DE TORREBLANCA-TORRENOSTRA.

"AÑO 1928: NOTICIAS DE TORRENOSTRA POR UN CONFLICTO PESQUERO POR FURTIVISMO".

- Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B. cronista histórico).

- (En homenaje a mi tierra, a mi país, a sus gentes, a sus memorias y a su historia). 

- INTRODUCCIÓN: En la página N.º 3 del periódico El Sol (Madrid) (28/6/1928), publicada el día 28 de junio del año 1928, se daba cuentan de ciertos abusos de pesca en las aguas litorales del grao de Torrenostra y alrededores, por las incursiones de barcos de pesca de la modalidad de pesca al bou, situándose esta pesquería furtiva desde el grao de Capicorb, siguiendo por el cabo de Oropesa hasta Benicassim.

- EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: 

- AÑO 1928: Periódico EL SOL (Madrid). 28/6/1928, página 3. Textos:

- "LOS ABUSOS DE LA PESCA (NOTAS DE LA REDACCIÓN)".= Las medidas que se adoptan contra los pescadores para evitar que éstos den lugar a la desaparición de las especies no suelen ser eficaces. 

- Contra los que infringen las leyes y reglamentos deben aplicarse duras sanciones, pero no crear entorpecimientos ni causar daños a los demás pescadores ajenos a la cuestión. 

- Como ejemplo traemos a estas columnas el caso de Torrenostra, un pueblo pescador de la costa levantina, que vive principalmente  de los productos del mar. No hay en este pueblo otra autoridad que el contramaestre de Marina. Este señor que interviene en la persecución de los que incumplen las disposiciones legales, ha dicho: "Las barcas llamadas del "bou", movidas muchas de ellas por motor, han de pescar desde mayo a septiembre, a seis millas de distancia de la costa, y se da el caso vergonzoso de acercarse muchas  veces a menos de una milla, lo que supone un perjuicio grandísimo, porque matan las crías y, lo que es peor, estropean y destrozan los trasmallos, o sean las redes de otros marineros, perjudicando por consiguiente, amparados en la oscuridad da la noche, a quienes les protege la ley.

- En vista de todo esto, los marineros de Torrenostra acordaron ir en comisión a entrevistarse con el señor ayudante de Marina del distrito, solicitando  apoyo para atajar este mal, el cual, creyendo justa la petición, me ordenó que, con la barca que los mismos pescadores pusieran a mi disposición, ejerciera vigilancia en esta zona. 

- "El resultado de todo ello fue que se evitaran en gran parte las infracciones y que los pescadores obtuvieran un considerable aumento en la pesca. Así lo afirma terminantemente la autoridad referida.  

- El caso puede aplicarse en todos aquellos puntos del litoral en donde se incumple la ley. Una severa vigilancia, que el Estado debe organizar a trueque de todos los sacrificios, evitaría los grandes perjuicios que se ocasionan a esta industria por los que no tienen para nada en cuenta las disposiciones que la protegen”.

- ADDENDA: ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN E. PRADES):

- GRAOS: (Los históricos “graus” o puertos de embarque y los poblados pesqueros de la provincia marítima de Castellón que coexistieron en la primera mitad del siglo XX en el litoral de Castellón, fueron: el Grau de Vinaroz, el Grau de Benicarló, de Peñíscola, Alcossebre, Capicorb, Torrenostra, Torrelasal, Orpesa del Mar y su varadero natural de la playa de la Concha, Benicasim, Grau de Castelló, Almazora, Grau de Burriana, Nules, Moncófar, Xilxes, Almenara).

- TRASMALLO: La modalidad y técnica pesquera del trasmallo, es el arte de pesca más antigua de cuantas subsisten en el ámbito profesional pesquero de nuestro litoral castellonense, para esta modalidad de captura de peces, hay toda una serie de redes de distintos tipos y medidas, todas englobadas bajo la denominación genérica de artes de pesca de enmalle.

- PERIÓDICO EL SOL: El Sol fue un periódico editado en Madrid entre los años 1917 y 1939. Considerado un periódico influyente, sin embargo, a lo largo de su existencia hubo de hacer frente a numerosas pérdidas económicas.​ De ideología liberal en sus primeros tiempos, durante los años de la Segunda República sufrió diversos avatares y fue evolucionando ideológicamente; en el transcurso de la Guerra Civil se convirtió en órgano del Partido Comunista. El diario dejó de editarse al final de la contienda.

- BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:

- ARCHIVO FOTO-IMAGEN:


"Grao" de Torrenostra.


Año 1920. Playa de las Arenas, Valencia.
Archivo, Biblioteca Valenciana, BIVALDI.



Grao de Castellón.



Alcossebre

Poblado pesquero "grao" de Capicorb.

Poblado pesquero "grao" de Torrenostra.

Poblado pesquero "grao" de Torrenostra.

Cuartel G.C. de Torrenostra.

Torrelasal

Torrelasal

Torrelasal

Torrelasal


viernes, 8 de mayo de 2020

HEMATITES


GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE,  PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR"; "HISTORIAS DEL MAR"; “ESPIGOLANT CULTURA: taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otros. 

"PIEDRA HEMATITE, UN AMULETO MINERAL, TORREBLANCA (CASTELLÓN, ESPAÑA)".

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL.

INTRODUCCIÓN: Amuleto histórico: La Piedra Hematite.
El hematites también es conocido como la hematita o piedra de sangre,  este último nombre es porque esta piedra al ser cortada, suelta un fino polvo que en contacto con el agua hace que tome un tinte rojizo. Las piedras o cantos de hematites fueron un amuleto muy apreciado por las culturas de la Antigüedad, fue considerado como una piedra de la suerte. Se creía que el hematite curaba el mal de ojo. El hematite como amuleto para la salud debe su fama ante todo para problemas de la sangre y limpiador de esta, para tratar problemas circulatorios, activa la circulación de la sangre y estimula la absorción de oxígeno en sangre, se cree que acelera y estimula el crecimiento celular, de ahí su utilidad en los procesos de cicatrización. Se cree que el hematite absorbe las energías mentales dispersas, y estimula la concentración y enfoque. Potencia la memoria y la imaginación, y nos ayuda a enfocarnos en lo que es realmente importante. Se dice que el hematites es un amuleto  muy útil sugestivamente, para ganar en procesos legales y en los juicios, es una piedra con poder defensor de los derechos de su propietario.
USOS: La utilización de los hematites se concentra en dos actividades; la obtención de hierro, siendo la mena más común, y en la fabricación de tintes y pinturas al ser sus variedades terrosas un excelente pigmento. Otra aplicación es la de ser utilizado en polvo para pulimentar. En los últimos años, las variedades compactas se han utilizado en bisutería para la elaboración de cuentas de collar y otros accesorios, aunque la mayor parte de las piezas, que actualmente se venden, se realizan con óxidos artificiales.




miércoles, 15 de abril de 2020

AÑO 1805: EL HUNDIMIENTO DE UNA GOLETA INGLESA EN UN COMBATE NAVAL EN EL CABO DE OROPESA.


GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE,  PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

"HISTORIAS DEL MAR: EL HUNDIMIENTO DE UNA GOLETA INGLESA EN EL CABO DE OROPESA, PARTE DE GUERRA DE UN COMBATE NAVAL DEL AÑO 1805".

- Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B. cronista histórico).

- (En homenaje a mi tierra, a mi país, a sus gentes, a sus memorias y a su historia).

- INTRODUCCIÓN: Entre los días 23 y 24 de abril del año 1805, mientras los guardacostas convoyaban mercantes con pólvora de Valencia a Alicante, uno de los guardacostas de la Rada de Valencia al mando del teniente de navío don Manuel Moscoso, persiguió y batió una goleta inglesa con 8 cañones y 56 hombres, de los cuales 26 murieron en la acción. La goleta inglesa tras ser apresada se fue irremediablemente a pique a las dos horas.

- En las páginas  389 y 390 de la Gaceta publicada el día 3 de mayo del año 1805, se daba cuenta de la incursión de una goleta inglesa hostil, en ruta de caza por el Golfo de Valencia situándolo frente al Cabo de Canet, siguiendo por el cabo de Oropesa donde fue hundido. La comunicación de los hechos de corso proviene de los guardacostas españoles con base en el puerto de Valencia. El texto de la Gaceta es una carta e informe oficial de los hechos, y textualmente así narraron la batalla (sic):

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: Fuentes documentales: Gaceta: núm. 36, de 03/05/1805. Páginas 389-390. Textos: "El Teniente de Navío D. Manuel Moscoso Peñaranda ha dado cuenta al Excelentísimo Señor Generalísimo Príncipe de la Paz del combate que sostuvo el día 27 de abril, contra una goleta inglesa, en las aguas de cabo Oropesa, de la costa de Valencia, en los términos siguientes: .... "Excmo. Sr.: Por disposición del Capitán General de este Reyno di la vela de esta rada de Valencia con la división de guardacostas de mi mando el día 23 de abril para perseguir varios corsarios ingleses que se supo cruzaban entre los cabos de Canet y Oropesa. Hice las maniobras que me parecieron convenientes para no ser visto, y a las 12 de la noche me puse en derrota, por si al amanecer podía ponerlos entre la tierra y la división. 

- Al rayar el día del 24 (de abril de 1805) avisté una embarcación tres leguas al sur del cabo Canet, y la di caza con toda la división. A las 6 de la mañana, estando a tiro, afirmamos nuestras banderas largando ella la inglesa y se le empezó a batir. El enemigo iba en huida haciéndonos fuego por la popa y los costados, hasta que puesto a tiro de fusil hice la señal de abordarle, lo que se executó de 9 y media a 10, y quedó rendido. Tenía varios balazos a la lumbre del agua, y a pesar de las providencias que se tomaron para salvar el buque, se fue a pique a la hora de marinado, y tuve que recoger su gente. 

- Esta embarcación era una goleta inglesa de 8 cañones, de los calibres de 12, 10 y 8, coronada de obuses y pedreros. Su tripulación consistía en 56 hombres, de los cuales murieron 28 en el combate, y 6 fueron heridos (22 prisioneros). Por nuestra parte tuvimos dos muertos y algunos heridos levemente. 

- Participándolo a V. E. en cumplimiento de mi deber, poniendo en su alta consideración los Oficiales de guerra de los buques de mi mando se han portado con bizarría, y la tropa y tripulación con espíritu y serenidad en ese obstinado combate."

Gaceta de Madrid: núm. 36, de 03/05/1805. Páginas 389- 390.

CONCLUSIONES:

ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):

GENERALÍSIMO PRÍNCIPE DE LA PAZ: El Principado de la Paz ​fue un título nobiliario español creado por el rey Carlos IV, en 1795, a favor de Manuel de Godoy y Álvarez de Faria (1767-1851), primer ministro y favorito del monarca. El título se le concedió a él, a sus hijos y descendientes: por tanto, con carácter hereditario. El título de príncipe de la Paz se le concedió como recompensa por el éxito del Tratado de paz de Basilea, firmado el 22 de julio de 1795 entre el Reino de España y la joven República Francesa, poniendo fin a la guerra de la Convención (1793-1795). Además, le fue cedida la propiedad, para él y sus sucesores, del sitio y territorio del Soto de Roma, con la obligación de que tanto él como sus descendientes debían anteponer el título de príncipe de la Paz al de duque de la Alcudia. De igual forma se le concedió el privilegio de poner junto a su escudo de armas el de los Reyes de España.

GUERRA ANGLO-ESPAÑOLA (1804-1809): La guerra anglo-española (1804-1809) fue un conflicto que enfrentó a España, con el apoyo de Francia, contra Gran Bretaña. La contienda se enmarca en las Guerras Napoleónicas. La guerra comenzó tras la batalla del cabo de Santa María, cuando una flota británica atacó en tiempo de paz a una escuadra española de cuatro fragatas que transportaban caudales y mercancías desde América. Uno de los buques fue hundido y el resto fue apresado. El conflicto finalizó formalmente en enero de 1809 con la firma de un tratado de paz y alianza entre el Gobierno británico y la Junta Suprema Central que gobernaba España en oposición a la ocupación francesa, aunque las hostilidades habían finalizado el año anterior con la intervención británica a favor de la Junta en su lucha contra los ejércitos napoleónicos. La principal consecuencia fue, de acuerdo con algunas opiniones, la pérdida de la posición como potencia naval hegemónica por la derrota sufrida contra Inglaterra en la batalla de Trafalgar de 1805.

- JABEQUE: Tipo de embarcación costanera de tres palos, con velas latinas, que también suele navegar a remo. Es una embarcación de cabotaje, de 30 a 60 toneladas, peculiar del Mediterráneo, tiene tres palos arbolados, el trinquete en latino, el mayor casi en candela y el palo mesana en cangrejo. En la armada española hubo jabeques de guerra hasta 1827, que montaban hasta 32 cañones.

- LOS CORSARIOS DE MAHÓN, CORSARIOS DE MENORCA: Es en el siglo XVIII, y principalmente a partir del año 1740, cuando aparece una verdadera actividad corsaria organizada en la isla, que tiene su mayor apogeo entre 1775 y 1783. La actividad corsaria se produce generalmente al abrigo de la dominación británica y amparados los corsarios bajo la bandera del Reino Unido. El corso en el Mediterráneo fue una actividad muy provechosa económicamente, y ocuparon un lugar destacado, los corsarios de las Islas Baleares.

- HISTORIA INGLESA DE MENORCA: En el siglo XVIII la historia de Menorca y la de Mahón y puerto más importante de la isla, fue realmente convulsa y sufrieron muchos cambios de soberanía. La isla de Menorca fue capturada por los británicos a los españoles partidarios de Felipe V en septiembre del año 1708 durante la Guerra de Sucesión Española, por el ataque de la escuadra inglesa mandada por el general Laeke. En el año1708 Menorca es conquistada militarmente por los ingleses y cedida oficialmente a Gran Bretaña a raíz del Tratado de Utrecht del año 1713, pasando Menorca a ser una dependencia británica (y el puerto de Mahón una base naval británica en el Mediterráneo) hasta el año 1756 en que la isla es conquistada por los franceses, bajo el mando del duque de Richelieu y, siete años después, por el Tratado de Paris de 1763, fue devuelta a la Gran Bretaña. Esta segunda etapa inglesa duró hasta 1782, año en que fueron expulsados por las tropas franco-españolas mandadas por el general Crillón. Del año 1798 a 1802 de nuevo fue ocupada por los ingleses y, tras el Tratado de Amiens, fue definitivamente entregada a España. La presencia británica impulsó la economía de la isla, por lo que Mahón, que se había convertido en la capital de la isla, se convirtió en un centro comercial y de contrabando de primer orden en el Mediterráneo, y la mayoría de los corsarios de la isla, que luchaban bajo pabellón británico eran españoles isleños menorquines a bordo de sus famosos jabeques para hacer el corso.

- Primera época inglesa 1708-1713-1756; Época francesa 1756-1763;

- Segunda época inglesa 1763-1782; Época franco-española 1782-1798;

- Tercera época inglesa 1798-1802; Época española 1802 hasta la actualidad.

- ARMADA ESPAÑOLA: Ordenanza de Corso para la Armada. Textos del 1 de Julio de 1779. “Ha salido a luz la Ordenanza expedida a 1º de julio de 1779, adicional a las generales de la Real Armada, sobre presas que hicieren los navíos y demás bajeles de ella; por la cual ampliando el Rey N. Sr. Al Cuerpo de su Real Marina las gracias que merece el incesante trabajo de aquella carrera, y para añadir a los empleados en el mismo servicio un estímulo que además del pundonor característico de la nación avive su esfuerzo a subyugar y destruir a los enemigos de la Corona. Ha resuelto S.M. sin dejar de tener presente lo establecido sobre presas en el título 5, del tratado 6, parte I, página 418 de las Ordenanzas de la Armada, y sin perjuicio de lo prevenido en la Ordenanza de corso que se ha de observar por lo respectivo a los armadores particulares, dejar el valor íntegro de los buques de guerra y corsarios que se tomen a los enemigos a favor de los Comandantes, oficialidad y tripulaciones de los bajeles de la Real Armada que los apresen; y que si la embarcación apresada fuera mercante, los dos tercios del valor del buque y su carga quede a favor de los apresadores; destinándose el tercio restante a un fondo que deberá formarse en la Tesorería de Marina del Departamento donde entrare la presa para emplearlo en gratificaciones de las familias de los muertos en combate, todo bajo el método y reglas pre-escritas en los 17 artículos de que consta el mismo Reglamento”.

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:

- Martín Giménez, Ignacio: “El corso en Menorca”. Historia 16, núm. 267, 1998. - Martín Giménez, Ignacio: “Los corsarios en la vida menorquina (siglos XVIII y XIX)”. Revista de Menorca, 1996.
- Diario Menorca: “El corsarismo menorquín durante la segunda dominación británica”, 13 y 14 de febrero 1987.
- Pons Vila, Juana Francis: “Contribución al estudio del corsarismo menorquín en el setecientos. El viaje de jabeque San Antonio de Padua a las órdenes del capitán Francesc Maspoch (1780)”.
- Llabrés, Juan: “Nuevas noticias sobre el corso menorquín”. Instituto Histórico de la Marina.
- Nadal de Uhler, Manuel: “Corsarios menorquines en el siglo XVIII”.
- Hernández Andreu, Juan (1999):  ”La depresión económico comercial de Mahón y la crisis del tráfico portuario, 1820-1840”, en  A. Carreras y otros (ed.), Doctor Jordi Nadal. La industrialización y el desarrollo económico de España, vol. I, Universidad de Barcelona, 627-639.
- Hernández Andreu, Juan: “Rasgos de la economía menorquina desde la época británica hasta mediados del siglo XIX”.
- Llabres Bernal, J. (1955): “De la marina de antaño. Notas para la historia de Menorca (siglos XVIII- XIX)”, Palma de Mallorca.
- Riudavets Tudury, P. (1985): “Historia de la isla de Menorca”, Mahón (Primera   edición, Imprenta Fábregues, 1885).
- Riudavets Tudury, P. (1889): “Estudio sobre la importancia que alcanzó la Marina mercante de Mahón al principio del presente siglo y causas de su decadencia”, Mahón.
- Prades bel, Juan E.: Hundimiento de una goleta inglesa en aguas del Cabo de Oropesa, 24-4-1805.
- Prades Bel, J.E. (2013): “El Golfo de Sant Jordi, Costa Dorada de Tarragona y la primera Guerra Mundial (1914-1918)”.  Mis Pueblos, 2013.
- Prades Bel, J.E. (2013): “Ataque de U.boat a  mercantes frente al cabo de Oropesa-Peñiscola (10-6-1917)”. Mis Pueblos, 2013.
- Prades Bel, Juan E. (2017: “El buque francés “Hérault” (1906-1916) hundido en el área de las Islas Columbretes en 1916, por el submarino alemán U-35 de la Kaiserliche Marine, World War I”. Historias del Mar. El7Set.

ARCHIVO FOTO-IMAGEN:







domingo, 5 de abril de 2020

GASTRONOMÍA.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA CASTELLÓN:

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR"; "HISTORIAS DEL MAR"; “ESPIGOLANT CULTURA: taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otros. 

(Proyecto): DATOS PARA LA HISTORIA DEL MUNICIPIO DE TORREBLANCA-TORRENOSTRA.

ARCHIVO FOTO-IMAGEN: GASTRONOMIA POPULAR.

Imágenes cedidas por J. E. Prades Bel.








domingo, 26 de enero de 2020

TRASMALLO, ARTE DE PESCA.

GENTES, COSTUMBRES, FOLCLORE, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA MARÍTIMA DE CASTELLÓN:

(Proyecto): "HISTORIAS DEL MAR". "ARTES Y PRACTICAS DE PESCA TRADICIONALES EN AGUAS DE LA PROVINCIA MARÍTIMA DE CASTELLÓN".

"EL TRASMALLO, EL ARTE DE PESCA DEL ENMALLE".

- Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B. cronista histórico).

- (En homenaje a mi tierra, a mi país, a sus gente, a sus memorias y a su historia). 

- INTRODUCCIÓN: Los históricos “graus” y los poblados pesqueros de la provincia marítima que coexistieron en la primera mitad del siglo XX en el litoral de Castellón, fueron: el Grau de Vinaroz, el Grau de Benicarló, de Peñiscola, Alcossebre, Capicorp, Torrenostra, Torrelasal, Orpesa del Mar y su varadero natural de la playa de la Conxa, Benicasim, Grau de Castelló, Almazora, Grau de Burriana, Nules, Moncófar, Xilxes, Almenara.

- EXPOSICIÓN: La modalidad y técnica pesquera del trasmallo, es el arte de pesca más antigua de cuantas subsisten en el ámbito profesional pesquero de nuestro litoral castellonense, para esta modalidad de captura de peces, hay toda una serie de redes de distintos tipos y medidas, todas englobadas bajo la denominación genérica de artes de pesca de enmalle. Las redes de enmalle están constituidas por paños de red de dimensiones y características variadas, según las condiciones de pesca, y las especies que se pretende capturar, en la costa castellonense a este arte se le denomina "tresmall", "trasmall" o "tiret" según áreas. El trasmallo es un arte formado por piezas de tres paños de red, cosidos a las mismas relingas (cordes/cuerdas). Los paños exteriores definidores de las medidas de la unidad de captura son iguales entre sí, y tienen las mismas mallas con idénticas dimensiones e igual diámetro de hilo. El paño interior central dispone de mallas de menor tamaño. La malla y la época de calado dependen de las especies objetivo del lance (llançà) o calada, siendo las principales especies el langostino, el lenguado, la sepia, el salmonete de roca, los espáridos en general (dorada, besugo, dentón, sargo, etc.) y los peces de roca (escorpa, espáridos, tordos, doncella,..). Cabe aclarar que no es un arte de pesca selectiva. Estas redes llamadas genéricamente de trasmallo están divididas en dos grandes grupos, distinguidos entre las redes fijas y las redes de deriva. Las redes de deriva son un arte de pesca que se dispone flotando en superficie de forma que el arte va derivando con la corriente, facilitando así la captura de los peces pelágicos (en la actualidad este arte está prohibido en el Mar Mediterráneo). El segundo grupo corresponde a las redes de trasmallo fijas, es uno de los llamados artes menores de mayor importancia y muy tradicional, es la técnica más habitual y la más utilizada en otros tiempos en que los pescadores de nuestro litoral navegaban y pescaban con botes que eran impulsados por velas latinas, estas redes de "trasmall" se disponen fijas en el fondo del mar, caladas en aquellos puntos que el pescador estima que son cruzados habitualmente por los peces frecuentes en la zona de calada. Las embarcaciones de trasmallo, pueden faenar en la franja de las seis millas próximas a la costa, tienen preferencia en el ejercicio de su actividad pesquera respecto a los de arrastre y cerco. Las artes deben ir adecuadamente balizadas, y deben levantarse en un tiempo máximo a las dieciséis horas de su calamento y permanecer en tierra veinticinco horas continuadas a la semana, preferentemente en domingo.

Grao.

ADDENDA: ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN E. PRADES):

- (Vocabulario lingüistic popular del mon mariner castellonenc sobre esta práctica de peixca, maneres de dir i nombrar les coses: calá, calar, xorrar, trasmall, llepó, llançà, tresmall, tiret, Graú, Graus, malla, malles, enmallat, brut, enmallat, bot, bou, cordes, cordam, mares, braçes, braça, mabra, llangostí, sèpia, orá, oraes, roncador, tord, mollet, serràns, chucla, llissa, salpa, crancs, sarg, llenguat, palà, palains, llobarro, escorpa, aranya, congre, morena, ...) 

- El litoral de España se divide en treinta provincias marítimas, entre las que se encuentra la Provincia Marítima de Castellón, que limita al norte con la Provincia Marítima de Tarragona y al sur con la Provincia Marítima de Valencia. La capitanía de esta provincia marítima esta situada en el Grao de Castellón de la Plana, y consta de los siguientes Distritos Marítimos: 

- Distrito Marítimo de Burriana (matrícula C.P.-1): Va desde la Gola de Cerrada hasta la desembocadura del Río Mijares (incluye las aguas litorales de los términos municipales de Burriana, Nules, Moncófar, Xilxes, Almenara).

- Distrito Marítimo de Castellón (matrícula C.P.-2): comprende desde el Río Mijares hasta la Torre de Capicorp límite con Torreblanca (incluyendo las aguas que bañan el litoral de los términos municipales de Almassora, Castellón, Benicàssim, Orpesa, Cabanes y Torreblanca).

- Distrito Marítimo de Vinaróz (matrícula C.P.-3): va desde la Torre de Capicorp hasta el Río Cenia (incluye las aguas litorales de los términos de Alcalá de Xivert, Peñíscola, Benicarló y Vinaroz).

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:

ARCHIVO FOTO-IMAGEN:

Poblado pesquero de Torrenostra (Torreblanca).

Torrelasal

Torrelasal

Telas de trasmallo secándose encima de la barca,
 en la playa de la Concha de Oropesa del Mar.