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jueves, 3 de septiembre de 2020

SUBASTA DE LAS OBRAS DE “DEFENSA LITORAL EN LA PLAYA DE TORRENOSTRA”, AÑO 1955; ADJUDICANDOSE LAS OBRAS A DON RAFAEL IGOA MORENO.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE,  PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

(Proyecto): DATOS PARA LA HISTORIA DE TORREBLANCA-TORRENOSTRA.

"HISTORIAS DEL MAR, AÑO 1955: SUBASTA DE LAS OBRAS DE “DEFENSA LITORAL EN LA PLAYA DE TORRENOSTRA”, ADJUDICÁNDOSE LAS OBRAS A DON RAFAEL IGOA MORENO".

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B. cronista histórico).

(En homenaje a mi tierra, a mi país, a sus gentes, a sus memorias y a su historia). 

INTRODUCCIÓN: En el año 1955 se aprobó por la Dirección General de Puertos y Señales Marítimas del Ministerio de Obras Públicas de España, la construcción y la asignación del presupuesto para llevar a cabo una gran obra pública en la pedanía marinera de Torrenostra en el término municipal de Torreblanca (Castellón), las obras se comenzaron en el año 1956, se trataba de edificar un gran muro a modo de dique de contención de la subida de las aguas del mar, para evitar las inundaciones de agua del mar en el poblado, el dique se construyó frente a las casas para separar estas del agua del mar, y el muro de contención (de unos 500 metros) se extendía a lo largo del poblado de Torrenostra.

MOTIVOS: La playa de Torreblanca y la pedanía homónima de Torrenostra se convirtió desde finales del siglo XIX en un potente poblado pesquero, por contra por su ubicación casi tan solo a unos dos metros sobre el nivel del mar, quedando tan solo resguardado para su defensa, quedando a expensas de la resistencia del Serradal, de resultas para bienes y para males el lugar era potencialmente precario, expuesto y abierto al mar y desabrigado frente a la furia y el embate marino de los días de temporal.

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: B. O. del E.—Núm. 293 20 octubre 1955. páginas 6341 y 634. 

Panorámica de Torrenostra.
Textos: Anunciando la subasta de las obras de «Defensa litoral en la playa de Torrenostra» en la provincia de Castellón. En virtud de lo dispuesto por Orden de 1 de septiembre de 1955, esta Dirección General ha señalado el día 17 de noviembre próximo, a las once horas, para la adjudicación en pública subasta de las obras de «Defensa litoral en la playa de Torrenostra», provincia de Castellón, cuyo presupuesto asciende a la cantidad de un millón setecientas veinticinco mil quinientas dieciséis pesetas con noventa y seis céntimos (pesetas (1.725.516,96). La licitación se celebrará en Madrid, en la Dirección General de Puertos y Señales Marítimas, del Ministerio de Obras Públicas, en los términos prevenidos por la Instrucción de 11 de septiembre de 1886, Real Orden de 30 de octubre de 1907, Ley de Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública de 1 de julio de 1911 y demás disposiciones vigentes, hallándose de manifiesto para conocimiento del público el presupuesto, condiciones y planos correspondientes en dicho Ministerio y en el Grupo de Puertos de Castellón. Se admitirán proposiciones en el Negociado correspondiente del Ministerio de Obras Públicas, en las horas hábiles de oficina, desde el día de la fecha hasta las trece horas del día, 11 de noviembre de 1955, y en la Jefatura de Obras Públicas de Castellón en los mismos días y horas. Las proposiciones, ajustadas al modelo adjunto, se redactarán en castellano y se extenderán en papel sellado de sexta clase (4,70 pesetas), debiendo presentarse en pliego cerrado, en cuya portada se consignará que la licitación corresponde a esta contrata. A la vez, pero por separado y a la vista, deberá presentarse con cada pliego el oportuno resguardo justificativo de haber constituido del modo que previene la referida instrucción y el pliego de condiciones particulares y económicas la garantía que se requiere para tomar parte en la licitación, por un importe de treinta mil ochocientas ochenta y dos pesetas con setenta y cinco céntimos (30.882,75), cantidad que ha de consignarse en metálico en efectos de la Deuda Pública o en cualquiera otra clase de valores que tengan legalmente concedido este privilegio, a los tipos asignados por las disposiciones vigentes y acompañando al resguardo, en su caso, la póliza de adquisición de los valores, suscrita por Agente de Cambio y Bolsa. Igualmente deberá acompañar a cada proposición, debidamente legalizados, cuando proceda, y también por separado y a la vista:

1.º Documento de identidad del licitador.

2.° Documentos que acrediten la personalidad del mismo, si actúa en nombre de otro.

3.° Tratándose de Empresas, Compañías o Sociedades, además de la certificación relativa a incompatibilidades que determina el Real Decreto de 24 de diciembre de 1928, documentos que. justifiquen su existencia legal e inscripción en el Registro Mercantil, su capacidad para celebrar el contrato y los que autoricen al firmante de la proposición para actuar en nombre de aquélla, debiendo estar legitimadas las firmas de las certificaciones correspondientes. Si concurre alguna entidad extranjera, debe acompañar certificado de legalidad de la documentación que presente referente a su personalidad, expedida bien por el Cónsul de España en la nación de origen, o bien por el Cónsul de esa nación en España.

 4.° Declaración, para las personas naturales, y certificación, en el caso de Empresas. de no estar comprendidos en ninguna de las incompatibilidades que, para contratar con el Estado, establece el artículo 48 de la Ley de Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública.

5.° Justificación de hallarse al corriente en el pago de los seguros sociales y contribución industrial o dé Utilidades.

6.° Cuantos otros documentos se requieran en el pliego de condiciones particulares y económicas como necesarios para tomar parte en la licitación de esta contrata. En el caso que resultasen dos o más proposiciones iguales, se verificará en el acto licitación por pujas a la llana, durante el término de quince minutos, entre los licitadores de aquellas proposiciones, y si terminado dicho plazo subsistiese la igualdad, la adjudicación se decidirá por medio de sorteo.

Madrid, 7 de octubre de 1955 —El Director general, G. Pérez Conesa.

 Modelo de proposición: Don ........ con residencia en ........ provincia de ........ calle de .........  núm. ....... según documento de identidad núm........... expedido por ........ enterado del anuncio publicado en el BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO del día ...... de ........ y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación en pública subasta de las obras de «Defensa litoral en la playa de Torrenostra», provincia de Castellón), se compromete a tomar a su cargo la ejecución de las mismas, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de ...... (Aquí la proposición que se haga, admitiendo o mejorando, lisa y llanamente, el tipo fijado. Se advierte, además, que será desechada toda proposición en que no se exprese claramente la cantidad en pesetas y céntimos, escrita en letra, por la que se compromete el proponente a la ejecución de las obras, así como toda aquella en que se añada alguna cláusula.) Así mismo se compromete a que las remuneraciones mínimas que han de percibir los obreros de cada oficio y categoría. empleados en las obras, por ornada legal de trabajo y por horas extraordinarias, no sean inferiores a los tipos legalmente establecidos. / (Fecha y firma del proponente.) 4.006-A. C.

ADJUDICACIÓN DE LAS “OBRAS DE DEFENSA LITORAL DE LA PLAYA DE TORRENOSTRA”. B. O. del E.—Núm. 336 2 diciembre 1955. Página 7280. 

Dirección General de Puertos y Señales Marítimas. Adjudicando definitivamente a don Rafael Igoa Moreno la ejecución de las obras de «Defensa litoral en la playa de Torrenostra» (Castellón). Visto el resultado de la licitación celebrada en la Dirección General de Puertos y Señales Marítimas el día 17 de noviembre de 1955, Este Ministerio ha resuelto adjudicar definitivamente la ejecución de las obras de «Defensa litoral en la playa de Torrenostra». en la provincia de Castellón, al único postor, don Rafael Igoa Moreno, en la cantidad de un millón setecientas ocho mil pesetas (1.708.000), que  en su relación con el presupuesto de contrata aprobado, de un millón setecientas veinticinco mil quinientas dieciséis pesetas con noventa y seis céntimos (pesetas 1.725.516,96), representa una baja de diecisiete mil quinientas dieciséis pesetas con noventa y seis céntimos (17.516,96) en beneficio del Estado. Lo que en cumplimiento de la orden ministerial de esta fecha comunico a V. S. para su conocimiento, el del Ingeniero Director y efectos procedentes» Dios guarde a V. S. muchos años. Madrid, 23 de noviembre de 1955.

—El Director general, G. Pérez Conesa. Sr. Presidente de la Comisión Administrativa de Puertos a cargo directo del Estado.

ADDENDA: ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN E. PRADES):

LAS CANTERAS DE PIEDRA: Las canteras para la extracción de las piedras que se utilizaron para construir el muro paralelo a lo largo de la calle principal de Torrenostra, lo que e oído y lo me han dicho es que las rocas se compraron a peso, se cubicaban en la extracción en forma de grandes bloques, los camiones transportaban uno o dos bloques por viaje (estos se pesaban en una gran báscula ubicada la esquina del actual bar Blau), una vez pesados los camiones para con los bloques estos se depositaban a lo largo de Torrenostra para construir el muro-dique, el cuál estaba dispuesto en paralelo entre el mar y el poblado, para la defensa del litoral de la playa de Torrenostra, además se puso el alumbrado público (farolas) y se hormigonó el pavimento de la calle. (Ver foto-imágenes).

- Cantera 1.ª (de piedra calcárea): Finca de la Torre, (arriba de la autopista AP-7 y del rest. Piero) contra "la Mallá ganadera de la Carrerassa de Mangraners".

- Cantera 2.ª: Cantera del kilómetro dos, junto a la carretera de Torreblanca-Vilanova de Alcolea.

- AGRADECIMIENTOS: A mi amigo Juan Bautista Espel Martínez, alias “Giratoria”, por explicarme vivencias y recuerdos sobre las experiencias de su oficio como oficial albañil trabajando en la zona de Torrenostra, conversación en la que nombramos a sus compañeros de obras Antonio Llanes, Cesáreo, el constructor Rafael Igoa Moreno, y otros, sirva de recuerdo y homenaje a la memoria de sus personas, y las almas de los que han marchado (e.p.d.).

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:

-Prades Bel, Juan E. (2020): “Subasta de las obras de “Defensa litoral en la Playa de Torrenostra”, año 1955; adjudicándose las obras a don Rafael Igoa Moreno”.

-Prades Bel, Juan E. (2021): “La reconstrucción en el año 1978 del espigón llamado “primer muro” y la construcción de otros tres espigones de defensa de la costa de la playa de Torrenostra-Torreblanca”.

-París Muñoz, Eduardo (1990): “Torrenostra, historia, marinería y turismo”. Barcelona.

ARCHIVO FOTO-IMAGEN: 

DON RAFAEL IGOA MORENO: 

Don Rafael Igoa Moreno (empresario).


Construcción muro hacia dentro del mar















Canal del Tremolar. Muro de la roca plana





domingo, 2 de agosto de 2020

SALINAS FORALES DE TORREBLANCA.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

(Proyecto): DATOS PARA LA HISTORIA DEL MUNICIPIO DE TORREBLANCA-TORRENOSTRA.

"LAS ANTIGUAS SALINAS FORALES DE TORREBLANCA".

- Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B. cronista histórico).

- (En homenaje a mi tierra, a mi país, a sus gentes, a sus memorias y a su historia). 

- LAS SALINAS DE TORREBLANCA:  La zona de vestigios que probablemente albergaron las salinas se encuentran en la zona norte de Torrenostra, se trata de una zona delimitada y llamada Clot de Tomás, es un terreno ubicado junto al litoral, con una orientación paralela al mar noreste / suroeste, y con una extensión de aproximadamente unos 1000 metros de largo y unas 20 hectáreas de terreno afectado, que tienen los siguientes límites colindantes, al este limita con la "Cañada del Mar", una vía pecuaria histórica de ámbito costero, que circula en paralelo a la costa mar Mediterráneo, está vía ganadera discurre por el Serradal y el “Cudolar” con una anchura de 45 metros a partir del borde del mar, hoy en día el camino antiguo que antaño existió, en tramos está desaparecido por la acción regresiva marina, al oeste limita con el camino del Campás y al camino de  l’Atall o de los Atajadores desde la torre Nueva de Torrenostra a la torre de Capicorb pertenecientes ambos baluartes a la línea de defensa de la costa del Reino de Valencia, al sur la salina esta acotada por la fábrica del pescado una construcción de mitad del siglo XX, y al noreste limita con la finca agrícola del Campás, en total el área de exploración ocupa aproximadamente unas 20 hectáreas de terreno que se tuvieron que transformar, para poder habilitar y desarrollar la actividad salinera, el subsuelo y base de esta área es rocoso, formado por un conglomerado de sedimentos rocosos de grabas y cantos rodados cuaternarios  arrastrados por vía fluvial y depositados en una zona deltaica de hace aproximadamente un millón de años, estas rocas gravosas fosilizadas, en la parte del área central de la zona salinera, afloran visiblemente en superficie; para construirla infra-extructura de  las salinas se tuvo que nivelar el nivel del suelo, para poder cubrir las parcelas de agua de mar, las tierras se limpiaron de piedras y de tierras gruesas que se trasladaron y acumularon en la parte central del Clot de Tomás, ubicándolas en el lugar donde más afloraban y emergían las rocas, esta tierra sirvió en su nuevo lugar para elevar el terreno y crear una nueva tierra de cultivo que ocupaba la parte central del área entre salinas, y que aún existe cubierta de olivar. Estas salinas arcaicas se empezaron a explotar posiblemente ya en la época islámica, los vestigios de hábitats dispersos de esta cultura rodearon el territorio de las salinas, estos terrenos contaban con un suelo de tierra formado por depósitos con escasa permeabilidad, compuesto de partículas de arcillas, margas y limos, se labraron y nivelaron los terrenos en los años 50/60 del siglo XX, para plantar arroz, pero no fue un terreno apto por la alta salinidad que contenía el terreno, por el que se abandonó el proyecto arrocero. Con el cultivo y la nivelación del terreno para la agricultura, se borraron los vestigios de los márgenes de las eras y las parcelas salineras. En las salinas han proliferado como vegetación autóctona los carrizos, salicornias y plantas de sal que han servido de pasto para el ganado en régimen de pastoreo o extensivo.

PAISAJE CULTURAL Y PATRIMONIO LITORAL VALENCIANO.
Josep Vicent Boira Maiques. Departament de Geografia. Universitat de València. Época foral del Reino de Valencia, 1238-1707.
“En época foral, las salinas más importantes eran las de Peníscola, Torreblanca, Borriana, l’Albufera de València, Calp, Santa Pola, Elx-la Mata..., aunque se producía sal también en Vinaròs, Moncofa, Sueca, Xàbia y Orihuela (Azuar, 1999). Hoy en día, sólo existe producción de sal a gran escala en el litoral valenciano en el complejo Torrevieja-el Pinós, el primer gran centro productor de España. Con todo, antiguos paisajes de la sal, en un viaje de ida y vuelta, han vuelto a derivar en albuferas o espacios naturales de interés.

EL USO DE LA SAL TORREBLANQUINA:  
- La elaboración de sal marina en las arcaicas salinas de Torreblanca, sería fundamental en su tiempo, para la obtención de una necesaria sal ganadera, para abastecimiento y suministro exclusivo para consumo de los rebaños de animales rumiantes. La economía salinera de este lugar, pudo ser un elemento sustancial para la organización económica de este territorio medieval de Albalat, Torreblanca, Xivert, Alcalá y Capicorb, y puede ser que llego a existir una estrecha relación entre la explotación salinera, y la actividad económica más importante y floreciente en la época medieval como fue la ganadería lanar y caprina del territorio, con un altísimo número de cabezas de ganado, contadas por miles.
- El historiador, cronista y notario don Rafael Martín de Viciana, persona ilustrada del siglo XVI, recorrió una gran parte del reino de Valencia, registrando archivos, escrituras públicas, privilegios, códices, iglesias, monumentos, villas, lugares y ciudades del Reino, en el año 1563 el ilustre Viciana visitó Alcalá, y dejo constancia de la ganadería que pastaba en la Encomienda y villa de Alcala de Xivert, y así lo refería textualmente: “....tienen por el término muy buenos pastos para los ganados, en tanto que allende que los vezinos tienen más de catorze mil cabeças de ganado, de yvierno (invierno) acogen más de quarenta mil cabeças de ganado"....."acuden en los inviernos de las serranias y tierras frías de Aragón muchos ganaderos con más de quarenta mil cabecas de ganado a apascentar y esparizar".

EL CONSUMO DE SAL POR LA GANADERIA RUMIANTE: 
- Los beneficios de una correcta aportación de sal y sales minerales en la dieta de los animales, evitan patologías típicas de una dieta pobre en sal, y se obtiene una mejora nutricional de los animales benefactores, incrementando los índices de productividad tanto de calidad y en cantidad de carne, leche, piel,  de fertilidad y nacencia de los animales. La manera más sencilla y practica de aportar sal en la dieta de los animales en régimen extensivo o de pastoreo, es a través de facilitarles sal suelta, antiguamente se repartía esparcida sobre las típicas pedrizas para la sal, o en bloques de sal para lamer, que se ponían colgados en el corral, al alcance de la boca de los animales.

LA SAL ESTANCADA DESTINADA A LA GANADERIA:  La sal ha sido hasta el año 1870, una regalía de tributos muy importante para las rentas del país, las salinas durante siglos estuvieron estancadas y controladas por el estado, para el cobro de impuestos.
-  La sal con destino a la alimentación de los ganados, era una sal que debido a las regalías del estado, se tenía que inutilizar previamente para cualquier otro tipo de uso, en la época medieval se conseguía mezclando la sal con la tierra de la misma salina a una proporción muy alta, casi mitad y mitad, se mezclaba la sal suelta con la tierra y luego se mojaba un poco, se amasaba la mezcla y se  introducía dentro de cedazos o capazos de fibra para su prensado, luego se desmoldaban y se dejaban secar al sol, el resultado era hacer bloques o conos de sal duros que facilitasen su transporte. El hecho de contener los bloques de sal también tierra salobre, no era ningún impedimento para el comer los animales, por su naturaleza les gusta de lamer tierra, buscando sales y minerales que completen su dieta. Si lamen tierra muy seguido, es un síntoma de deficiencia de minerales, que cabe corregir empíricamente por el pastor.
- Ya en la época moderna y en el siglo XIX se inutilizaba la sal con hollín de leña, carbón vegetal, retama en polvo,…  A continuación, muestro un documento con los textos de una Real orden de Ley del año 1854, que explica las fórmulas, reglamentos y procesos, para la inutilización de la sal: ....
LA SAL DESTINADA A LA GANADERIA Y LOS PROCESOS DE INUTILIZACIÓN DE LA SAL PARA OTROS USOS, LEGISLACIÓN ANTIGUA DE 1854.
- Real orden, aprobatoria de la instrucción para llevar á efecto el Real decreto de 16 de Enero último (año 1854), sobre entrega á los ganaderos, de la sal que destinen á la alimentación de sus ganados, inutilizada para otros usos, y al precio de 20 reales fanegas de 112 libras.
Artículo 1º. La sal que desde 1º de Abril próximo, se entregue á los ganaderos al precio de 20 reales fanega de 112 libras con destino á la alimentación de los ganados, se inutilizará previamente para cualquier otro uso con el hollín de leña ó carbón vegetal y la retama en polvo, en las proporciones de la siguiente fórmula indicada por la comisión facultativa que el Gobierno tuvo á bien consultar con este objeto.
- Quinientos gramos (una libra doce céntimos) de hollín puro en polvo de leña ó carbón vegetal.
- Ciento veinte y cinco gramos (cuatro onzas doce céntimos de onza, de polvos do retama,
- Y Cincuenta kilogramos (una fanega) de sal común ó sea en mayores proporciones un quintal de hollín y una arroba de retama por cada cien quintales de sal.
Art. 2.º La operación de que trata el artículo anterior se ejecutará por ahora, y mientras la Dirección del ramo no disponga otra cosa , en las capitales de provincia en la proporción que demanden los consumos y con arreglo al procedimiento que á continuación se expresa, propuesto también por la expresada comisión facultativa.
- En primer lugar se triturará la sal por los medios más fáciles y económicos que estén al alcance de la Administración; después se tendrá la sal durante algunas horas (de 24 á 48) en un almacén ó en algún paraje húmedo, un sótano por ejemplo, hasta tanto que se reconozca la humedad á la vista y por el tacto en toda la masa de la sal, ó bien y mucho mejor, humedecerla rociándola por medio de una regadera , habiéndola extendido de antemano en una ancha superficie horizontal. Hechas estas operaciones preliminares se esparcirá la mezcla del hollín y retama en polvo, en la proporción que determina el artículo anterior, por toda la superficie de la sal, bien sea por medio de un cedazo ó de un harnero proporcionado, ó el de una pala de madera, mezclando y revolviendo sin interrupción las tres sustancias con la misma pala ó con cualquier otro instrumento análogo, hasta tanto que la mezcla adquiera un color oscuro igual y homogéneo semejante al de la pólvora ó de la pizarra negra ó lápiz groseramente molido. En este estado se dejará secar hasta el punto que convenga para la expendición. Se procurará que el polvo de retama sea de planta joven, ó por lo menos que no se aproveche de ella sino los ramos tiernos, así como que la retama se seque al aire libre y á la sombra, y luego que esté perfectamente seca se pulverizará y guardará en frascos bien tapados para el uso que se destina.
Art. 3º. El hollín de leña ó carbón vegetal y la retama en polvo que deben emplearse en la inutilización de la sal, se adquirirá por cuenta de la Hacienda pública y por los medios más económicos para el Tesoro. Un perito nombrado al efecto examinará y reconocerá estas materias, y hallándolas conformes dirigirá la operación de inutilizar la sal, con arreglo al procedimiento descrito en el artículo precedente. A este neto concurrirá por sí ó por medio de persona suficientemente caracterizada el Administrador principal de la provincia, el guarda-almacén de efectos estancados y el escribano del juzgado de Hacienda de la provincia, extendiéndose por este último, después de terminada la operación, un acta circunstanciada de toda ella, expresando además el peso de la sal extraída de almacenes para inutilizar , y su equivalencia en fanegas de 112 libras, y el que resulte después de inutilizada y puesta en estado de expendición. Con este documento se dotará la Administración en la cuenta de la sal pura de la que se extraiga para inutilizar; y al mismo tiempo, y en lugar separado, se cargará de la que resulte inutilizada, estableciendo al efecto la oportuna división, así en las cuentas parciales como en las generales de la renta,
Art. 4º. Tanto los locales, útiles y efectos que se empleen en la operación de inutilizar la sal, como los almacenes donde esta se conserve, correrán á cargo y bajo la responsabilidad del guarda almacén; pero, sin embargo, el Administrador de la provincia podrá adoptar las medidas de precaución que estimen oportunas ínterin se ejecuta la inutilización de la sal, para mayor garantía de los resultados que deben consignarse en el testimonio de que habla el artículo anterior.
Art. 5º. Por ahora , y mientras la Dirección general del ramo no determine otra cosa , con presencia de las necesidades de la ganadería , se expenderá en los alfolíes de las capitales de provincia la sal inutilizada que se destine á la alimentación de los ganados.

- ADDENDA, ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):
- GUARDA-ALMACENES Y ADMINISTRADORES DE LOS ALFOLIES Y LOS DEPÓSITOS DE SAL.
24. Los Guarda-almacenes ó Administradores de los depósitos de tránsito, no se harán cargo de las sales que vayan destinadas á otros alfolíes; pero las recibirán en almacenes con separación de la que tengan para su consumo, dando una llave de estos al contratista como responsable del género, y expedirán guías de referencia en los mismos términos en que hoy lo verifican para las remesas que se hagan á cuenta de la cantidad expresada en la guía primitiva, la cual acompañará á la última partida cuando salga para el alfolí de su destino.
- BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:
- M. BETI: "La gabela de la sal en Peñíscola", BSCC I, 1920.
- F. QUEROL FAUS; La vida valenciana en el siglo XV, Valencia, 1963.
- F. ROCA TRAVER: "El tono de la vida en la Valencia medieval", BSCC LIX, 1983
- LÓPEZ GÓMEZ, J. y LÓPEZ GÓMEZ, A. 1986: El poblamiento tradicional en las costas valencianas: la dualidad ribera-huerta. Cuadernos de Geografía, 39-40: 263-288.
- MATEU, J., SANCHIS, C. i FERRI, M. 1999: El golf de València durant els segles XVI i XVIII. Canvis ambientals, 367-374. Geoarqueologia i quaternari litoral. Memorial María Pilar Fumanal. Universitat de València, València.
- PIQUERAS, J. 1999: El espacio valenciano. Una síntesis geográfica. Editorial Gules. Valencia.
- ROSSELLÓ, V. 1986: L’artificialització del litoral valencià. Cuadernos de Geografía. 38: 1-28.
- ROSSELLÓ, V. 1991-1992: El terme Grau i la nomenclatura dels estanys litorals. Notes de Geografía Física, 20-21. Universitat de Barcelona.
 -MARTÍ DE VICIANA, RAFAEL: Crónica de la ínclita y coronada ciudad de Valencia y de su reino, Tomo III. Valencia: Departamento de Historia Moderna de la Universidad de Valencia, 1972.
- BOIRA I MAIQUES, JOSEP VICENT, 2004:  Paisaje cultural y patrimonio litoral valenciano. Departament de Geografia. Universitat de València.
- PLATA MONTERO, A. 2006: El ciclo productivo de la sal y las salinas reales a mediados del siglo XIX, Vitoria, 2006.
- SÁNCHEZ ADELL, J. (1975): "Notas para la historia de la sal en la Edad Media". Millars, II. Castelló (1975), pp. 29-45. Revisada la transcripció en 1999 a partir del manuscrit de referencia.
- PRADES BEL, Juan E. (2012): “Castillo de Xivert”. Mis Pueblos. Proyecto valoración y divulgación de recursos: cultura, historia y patrimonios. 2012.
- PRADES BEL, Juan E. (2012): “Capicorb”. -2-1-2012. Mis Pueblos. Proyecto valoración y divulgación de recursos: cultura, historia y patrimonios. 2012.
- PRADES BEL, Juan E. (2013): "Cultura y patrimonio natural de Torreblanca". Mis Pueblos. Proyecto valoración y divulgación de recursos: cultura, historia y patrimonios. 2013.
- PRADES BEL, Juan E. (2013): “La geología de la Plana de Albalat” . 20-1-2013. Mis Pueblos. Proyecto valoración y divulgación de recursos: cultura, historia y patrimonios.  2013.
- GUINOT RODRÍGUEZ, Enric (1991): “Les cartes de poblament medievals valencianes”. Edició d'Enric Guinot Rodríguez. València 1991, pp. 170-173.
ARCHIVO FOTO-IMAGEN:
 Imágenes cedidas por J. E. Prades Bel.









martes, 14 de julio de 2020

LA DECLARACIÓN DE INTERÉS NACIONAL DE LOS YACIMIENTOS DE TURBA DE ESPAÑA, EN 1941.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

(Proyecto): DATOS PARA LA HISTORIA DEL MUNICIPIO DE TORREBLANCA-TORRENOSTRA.

(Proyecto): DATOS PARA LA HISTORIA DE CABANES, LA RIBERA Y TORRELASAL.

(Proyecto): DATOS PARA LA HISTORIA DEL PARQUE NATURAL DEL PRAT DE CABANES-TORREBLANCA (CASTELLÓN, ESPAÑA).

"LA DECLARACIÓN DE INTERÉS NACIONAL DE LOS YACIMIENTOS DE TURBA DE ESPAÑA DEL AÑO 1941".

- Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B. cronista histórico).

- (En homenaje a mi tierra, a mi país, a sus gentes, a sus memorias y a su historia).  

- INTRODUCCIÓN: Pasada las guerra civil la agricultura, la industria y la ganadería en España quedaron devastadas, y no daban suficientes recursos ni producciones para obtener alimentos ni recursos económicos ni estratégicos para la subsistencia de toda la población, uno de los recursos faltos era la escasez de abonos orgánicos como consecuencia de la destrucción de la infraestructura ganadera durante la duración de la guerra (sacrificios masivos para obtener recursos cárnicos para la alimentación de los Cuerpos de Ejército, y el sacrificio de animales en casos de retrocesos de los frentes, para no dejar recursos que pudiesen aprovechar los enemigos, empleando la táctica "tierra quemada"). Ante la falta de fertilizantes y la imposibilidad de importarlos, motivaron la estrategia del aprovechamiento de las riquezas naturales del suelo español, y especialmente, el procurar por todos los medios el aumentar rápidamente la producción agrícola nacional. Estos fueron los motivos fundamentales que llevaron a la creación de la Comisión Técnica de la Turba, para la experimentación de la turba seca y la turba húmeda, en la preparación, aplicación, destilación y fabricación de abonos y fertilizantes agrícolas, con soporte a base de turba. 

- La Ley de treinta y uno de octubre de mil novecientos cuarenta y uno, declaró de interés nacional los yacimientos de turba existentes en España y creó la Comisión Técnica de la Turba con la fundamental finalidad de que preparase los planes para la producción, aprovechamiento, distribución y venta de aquel producto, que por su riqueza en microorganismos nitrificantes tenía un estimable valor como abono orgánico.

- Con esta ley de 1941, que en su artículo primero declara de interés nacional los todos los yacimientos de turba existentes en España. Las turberas de los términos municipales de Torreblanca y Cabanes, situadas en el paraje común llamado “el Prat” que fue una antigua albufera colmatada de sedimentos, conformando así un importante humedal con vestigios antiguos de lagunas, saladares, tierras pantanosas y marismas.

- El Estado representado en sus funciones por el Ministerio de Industria, la Dirección General de Minas y Combustibles, el Distrito Minero de Valencia , pusieron los ojos de interés económico y estratégico en este territorio del humedal del Prat de Cabanes y Torreblanca. El Distrito Minero de Valencia fue  otorgando, numerosos permisos de investigación y concesiones de extracción y de explotación directa de la turba.

- “SE DECLARAN DE INTERÉS NACIONAL LOS YACIMIENTOS DE TURBA EXISTENTES EN ESPAÑA”.

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: Documento del año 1941). Boletín Oficial del Estado: núm. 309, de 05/11/1941, página 8.645. Departamento: Jefatura del Estado. Texto: ” JEFATURA DEL ESTADO. LEY DE 31 DE OCTUBRE DE 1941 por la que se crea una Comisión técnica encargada de redactar los planes de producción de los yacimientos de turba existentes en España. De una parte, la escasez de abonos orgánicos como consecuencia de la destrucción ganadera, durante la ocupación marxista de gran parte del suelo español, y de otra, las dificultades de importación de materias nitrogenadas y amoniacales, originan a la agricultura de nuestro país, un déficit de suministro de elementos indispensables a las plantas cultivadas.

- El desequilibrio producido por la deficiente incorporación de materias orgánicas a la tierra, produce la degradación de los terrenos o mineralización de los mismos, por el solo empleo de fertilizantes inorgánicos, reduciéndose así notablemente las cosechas.

- El papel de la turba incorporada al suelo es esencial como asiento de microorganismos nitrificantes. Por su acción movilizadora y por los cambios favorables físicos y mecánicos de las tierras, la experimentación ha colocado en otros países, principalmente en Alemania, Bélgica y Holanda, a esta materia en un primer plano de aprovechamientos para la agricultura. Atento el Gobierno español a todos los problemas que se le plantean en el campo, y considerando que la incorporación a los suelos de materia húmica, se hará sentir, elevando los rendimientos unitarios y consecuentemente los recursos de la Economía Nacional;

Vengo en disponer:

Artículo primero. — Se declaran de interés nacional los yacimientos de turba existentes en España.

Artículo segundo. — Por la presente Ley se crea una Comisión técnica encargada de redactar los planes de producción, aprovechamiento, mezclas, distribución, regulación y venta de la turba española.

Artículo tercero. — La anterior Comisión estará integrada por el Presidente del Consejo Agronómico, por el Director del Instituto Geológico y Minero, por el Director general de Minas y Combustible, y actuará de Secretario un Ingeniero Agrónomo designado por el Gobierno.

Artículo cuarto. — Por dicha Comisión se harán los estudios correspondientes en el más breve plazo posible, con el objeto de redactar el proyecto de utilización total de la turba explotable.

Artículo quinto. — Por el Ministerio de Agricultura se habilitarán los créditos indispensables para el debido funcionamiento de la Comisión.

Artículo sexto. — Por los Ministerios de Hacienda. Agricultura e Industria y Comercio se dictarán las disposiciones necesarias para la ejecución de la presente Ley.

Así lo dispongo por la presente Ley, dada en Madrid a treinta y uno de octubre de mil novecientos cuarenta y uno. Francisco Franco.

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: (Documento 2º. Año 1942). Boletín Oficial del Estado: núm. 234, de 22/08/1942, páginas 6.341 a 6.343. ORDEN de 20 de agosto de 1942 por la que se aprueba el Reglamento por el que ha de regirse la Comisión de la Turba.

Textos: “Excmos. Sres.: Creada por Ley de 31 de octubre de 1941 la Comisión Técnica de la Turba, con el contenido, finalidad y alcance que le asigna la mencionada Ley, su especial organización y las relaciones que para su funcionamiento ha de mantener en los Ministerios de Agricultura y de Industria y Comercio, así como con los Centros y Organismos dependientes de ambos Departamentos, requieren. la adopción de normes encaminadas a lograr la mayor eficacia en la función encomendada a dicha Comisión. A tal efecto, esta Presidencia ha tenido a bien aprobar el siguiente Reglamento, con arreglo al cual ha de funcionar la nombrada Comisión. Lo que comunico a VV. EE. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a VV. EE. muchos años. Madrid, 20 de agosto de 1942.—P. D., el Subsecretario, Luis Carrero. Excelentísimos. Sres. Ministros de Agricultura e Industria y Comercio.”

SINOPSIS: "La intención de este quien escribe estos textos, es la de aportar datos históricos fehacientes para poner de manifiesto las diversas etapas evolutivas del humedal llamado el Prat de los términos municipales de Torreblanca y Cabanes, preservar el conocimiento popular y la trasmisión cultural verbal, y tratar de mejorar las perspectivas de entendimiento y de interpretación de los avatares evolutivos naturales y antrópicos de este medio lacustre del Prat, y explicar las transformaciones antrópicas e históricas que han modelado los paisajes y la naturaleza de este importante humedal del Prat de Cabanes-Torreblanca (Castellón), el cual fue declarado en el año 1994 Parque Natural de la Comunidad Valenciana. Saludos a los lectores. Atentamente. Juan E. Prades Bel. Año 2019".

REFRÁNERO POPULAR: “El sabio, es además redentor, porque con su obra van a ser vencidos el dolor, la miseria y la ignorancia".

COL·LECCIÓ FOTOGRÀFICA DE LLUÍS LÓPEZ FABREGAT:

Temàtica: Colla de torreblanquins a força de sang, ajudanse de palons i vagonetes, extraient manualment la turba d'una explotació minera (Don Rafael) del Prat de Torreblanca.










lunes, 13 de julio de 2020

EL ARCAICO EMBARCADERO DE LOS PALOS DE LA RATLLA DE TERMES DE TORREBLANCA-CABANES.

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, FOLCLORE, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

(Proyecto): DATOS Y EFEMÉRIDES PARA LA HISTORIA DEL MUNICIPIO TORREBLANCA-TORRENOSTRA.

(Serie temática): DATOS PARA LA HISTORIA DEL PARQUE NATURAL DEL PRAT DE CABANES-TORREBLANCA (CASTELLÓN, ESPAÑA):  

"EL ARCAICO EMBARCADERO DE LOS PALOS DE LA RAYA DE TÉRMINOS DE TORREBLANCA Y CABANES".

- Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B. cronista histórico).

- (En homenaje a mi tierra, a mi país, a sus gentes, a sus memorias y a su historia).  

- INTRODUCCIÓN: Los “Palos de la Ratlla” es un topónimo y un referente muy conocido por los pescadores de caña y de barca de Torreblanca y Torrenostra.

- El lugar de “los Palos” viene a referirse literalmente a la presencia de unos postes clavados en el mar, cuyos restos sobresalían por encima del agua, los cuales se corresponden con las ruinas de un antiguo embarcadero de madera que existió en este punto del litoral castellonense, situado justo a la partición, “ratlla” o límite de separación de los términos municipales de Cabanes y Torreblanca.

- Los antiguos marineros pescadores de Torrenostra, decían que ese embarcadero se habilitó para cargar turba y “garrofes” (algarrobas).

- El humilde embarcadero de los Palos, si no existía con anterioridad, el lugar muy probablemente fue habilitado, construido o usado por primera vez entre los años 1894 o 1895, para cargar la turba de una de las tres explotaciones mineras de la Sociedad Belda y Compañía, que esta empresa tenía repartidas por el Prat de Torreblanca y Cabanes, unas turberas denominadas Juanita, Juanita segunda y Madrileña; una de las explotaciones se encontraba cerca de la parte divisoria en el término municipal de Cabanes. El antiguo embarcadero de los Palos, muy probablemente se habilito por esas fechas de finales del siglo XIX, para la extracción de esa explotación minera, para poder transportar por vía marítima, el carbón de turba y la tierra de turbera aparentemente con destino hacia la playa de Torrenostra, donde había una factoría de producción y secado de carbón de turba, y la compañía tenía la habilitación aduanera de exportación de dichos carbones, firmada por el gobierno estatal el día 23 de Mayo del año 1894.

- Las evidencias de explotaciones mineras existentes a finales del siglo XIX en este remoto lugar del litoral, se hallan contiguas y verticales a la línea litoral de costa, la actividad minera conformó con las sucesivas extracciones manuales de tierras, un canal abierto de unos 230 metros de largo, por unos 7 metros de ancho, del cual se extrajeron de nuevo tierras en los años 80 del siglo XX.

- De dichos palos, postes o soportes del antiguo embarcadero, en los años 80, solamente sobresalían emergiendo del agua las puntas de unos 15 troncos de madera fuertemente desgastados por la erosión de las olas del mar, bajo el agua había más puntas sumergidas.

- ”Los Palos” o postes del antiguo embarcadero, han ido desapareciendo poco a poco, siendo arrancados y arrastrados por las mareas.

- El lugar de los Palos volvió a ser utilizado para embarcar por cabotaje productos agrícolas principalmente algarrobas, compradas y bajadas con carros de la zona del Cuartico y Subarra. El informador de esta actividad es Antonio Calvet, natural de Torrenostra, pescador de profesión y marinero de barca de arrastre, que lo vivió personalmente y trabajó de muy joven en los años 40, en este tipo de transporte de algarrobas, según el señor Antonio Calvet alías “Punchen”, los carros procedentes de los términos de Benllóc y Cabanes bajaban la mercancía por la “Carrerassa de la Ralla”, descargaban las algarrobas que iban en sacos, dejándolas amontonados en espera de cargar a la parte superior de este canal navegable, con una barca Antonio y otros compañeros, cargaban los sacos de algarrobas, navegando por el canal minero a través de los 230 metros del canal hasta el  pie de porte, que era del embarcadero de  los Palos, donde se descargaban los sacos encima del el “cudolar” o “Serradal”, y cuando llegaba el barco, se volvían a cargar de nuevo a las barcas llamadas mulas, que llevaban finalmente los sacos de algarrobas  de la costa hasta el barco de cabotaje, anclado en espera de carga frente a la costa.

DOCUMENTO ACREDITATIVO DE UNA REAL ORDEN DEL AÑO 1894, CON LA HABILITACIÓN DE LA PLAYA DE TORREBLANCA (CASTELLÓN) PARA EL EMBARQUE DE CARBÓN DE LAS TURBERAS LOCALES.

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: Gaceta de Madrid, número 730.  6 junio 1894, página 157. "MINISTERIO DE HACIENDA. Ilustrísimo Sr.: Vista la instancia elevada á este Ministerio por D. Jaime Candela, en su nombre y como representante de la Sociedad Belda y Compañía, solicitando se habilite la playa de Torreblanca (Castellón) para el embarque del carbón procedente de las turberas denominadas Juanita, Juanita segunda y Madrileña, que la Sociedad recurrente explota y que están enclavadas en los términos de Torreblanca y Cabanes, provincia de Castellón de la Plana;

- Considerando que los informes emitidos sobre el particular por la Delegación de Hacienda, Administración principal de Aduanas, Comandancia de Carabineros y Consejo provincial de Agricultura, Industria y Comercio de la provincia de Castellón, son todos ellos favorables á la concesión que se solicita:

- Considerando que en el punto de Torrenostra, inmediato á la playa de Torreblanca, existe un puesto de carabineros, cuya fuerza puede vigilar las operaciones de embarque que se realicen por dicha playa:

- Considerando que el puesto de Torreblanca está enlazado por la vía férrea con el Grao de Castellón, y que por lo tanto fácilmente puede verificarse el embarque de los referidos carbones con documentación de la Aduana del citado puerto:

- Considerando que dicha Aduana está servida por dos empleados periciales, uno de los que podría en caso de necesidad vigilar las referidas operaciones: Y considerando que de accederse á la pedido no se irroga al Tesoro gasto ni perjuicio alguno; S. M. el Rey (q. D. g.), y en su nombre la Reina Regente del Reino, conformándose con lo propuesto por esa Dirección general, se ha servido disponer que se permita el embarque por la playa de Torreblanca del carbón procedente de las turberas inmediatas, debiendo verificarse aquél con documentación de la Aduana del Grao de Castellón é intervención de la fuerza del Resguardo del punto de Torrenostra, quedando obligado el interesado á abonar las dietas correspondientes al empleado de la mencionada Aduana que en caso de necesidad tenga que trasladarse á Torreblanca para intervenir ó vigilar las operaciones que en dicho punto se practiquen.

- De Real orden lo comunico á V. I. para su conocimiento y efectos correspondientes. Dios guarde á V. I. muchos años.

- Madrid, 23 de Mayo de 1894. SALVADOR Sr. Director General de Aduanas”.

ADDENDA: ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS Y CITADOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN E. PRADES):

- NOTA DEL AUTOR: Con los textos de esta comunicación implementada en las series “Historias del Mar”, “Gentes, costumbres, tradiciones, historias, patrimonios y paisajes…” y “Datos para la historia del Parque Natural del Prat de Cabanes-Torreblanca (Castellón, España)”,  intento aproximar al lector a la historia, al pasado y al presente de los municipios de Torreblanca-Torrenostra y de Torrelasal y La Ribera de Cabanes, y a las relaciones locales de trabajo y convivencia en el pasado, de los habitantes del territorio con este indómito medio natural y milenario humedal lacustre y lagunar, el hoy llamado y declarado Parque Natural del Prat de Cabanes-Torreblanca.

- EL EMBARQUE POR LA PLAYA DE TORREBLANCA DEL CARBÓN DE TURBA: El embarque por vía marítima, por mediación de la playa de Torreblanca en el punto de Torrenostra, del carbón de turba procedente de las extracciones de finales del siglo XIX de este mineral lacustre, (concesiones años 1894, 1897 y años anteriores y posteriores), carbones y tierras extraídas de las turberas inmediatas muy próximas al poblado de pescadores de Torrenostra, procedentes de varias explotaciones denominadas «Juanita», «Juanita segunda» y «Madrileña» de la empresa Sociedad Belda y Compañía cuyo administrador era D. Jaime Candela. Una de las explotaciones se encontraba en la raya de los términos de Cabanes y Torreblanca.

- Se extraía la turba a brazos, “palonando” el fango milenario a mano, partiendo una zanja desde un punto muy cercano al mar, e iban adentrándose en un corte longitudinal en el eje Torrenostra-Torreblanca, y a lo largo de la antigua laguna colmatada, en la actualidad llamada “el Tremolar”, fueron profundizando en el corte, abriendo un canal fluvial navegable de Este a Oeste a lo largo de la laguna, este canal servía para abrir el frente de extracción y permitía sacar la tierra de turba por vía fluvial, hasta la playa de Torrenostra para su embarque, se erigió una instalación para preparar, prensar y secar dicho material orgánico antes de embarcarlo. Este canal fluvial se cree que probablemente era el antiguo canal que desembocaba al mar hasta los años 70 del siglo XX, pasaba desde “Les Basses” por junto a la pared Norte del actual edificio del centro de recepción de visitantes del Paraje natural del Prat, y por lo que es el centro de la calle Júcar de Torrenostra, por donde antiguamente el Prat desaguaba sus aguas sobrantes al mar, por el poniente del muro de bloques de piedra de don Rafael Igoa Moreno.

- La explotación minera más lejana de la base de Torrenostra de la empresa Sociedad Belda y Compañía, se encontraba en una explotación cercana a la raya jurisdiccional de los términos de Cabanes y Torreblanca, el traslado de las tierras extraídas de esta explotación tan remota seria por vía marítima, como e descrito anteriormente en la introducción.

- POSTERIORES ACTUACIONES Y EXTRACCIONES EN EL PRAT:

- Los cotos arroceros de los años 50 removieron y limpiaron las acequias.

- En los años 80 de dicha antigua explotación “entre términos” se volvió a extraer turba, y tierras de prueba, ahondando en el lecho de la turbera, con máquina retroexcavadora.

- LA TURBERA DEL PRAT DE CABANES -TORREBLANCA: El Prat presenta la turbera más extensa de las albuferas y lagunas costeras de la Comunidad Valenciana y la actividad extractiva de turba ha generado, en el término de Torreblanca, un sistema lagunar, artificial y permanente, de aguas libres con una profundidad de 4-6 metros, que se encuentra en continua expansión, ya que la actividad minera va ocupando nuevos terrenos hacia el sur por el interior del Parque Natural.

- TIPOS DE TURBA: Las distintas variedades y tipos de turba, se clasifican en función del grado de descomposición del material, siendo la turba de musgo “Sphagnum” el menos descompuesto, seguido de la turba de “ Hypnum”, en tercer lugar la turba de juncos y, finalmente, la turba de humus, que es el más descompuesto.  El consumo de turba como combustible está en continuo retroceso, ganando posiciones, en cambio, el consumo de esta tierra para la agricultura y la horticultura como abono y corrector de suelos, así como en aplicaciones industriales. Entre éstas destacan su uso como absorbente de grasas, medio filtrante de contaminantes en efluentes mineros,   drenaje  en  inundaciones   urbanas  y  absorbente  estéril  en  productos  de higiene  femenina.

www.igme.es/PanoramaMinero/Historico/1996/TURBA96. 2IGME. panorama minero 2017.

- CARBÓN DE TURBA: La turba es de la época cuaternaria y, contrariamente a los demás tipos de carbones, no está formada por la carbonización de materias leñosas, sino por la acumulación de musgos y plantas de los pantanos, cuyo proceso de carbonización no está concluido. El carbón de turba contiene una cantidad mucho menor de carbono (apenas un 55 %), tiene un color amarillo parduzco, y en el momento de la extracción contiene aún mucha agua, por esta causa debe ser secada y comprimida antes de utilizársela como combustible. Al arder el carbón de turba despide mucho humo y deja un abundante residuo de cenizas. Se la emplea también para lecho de los animales. De ella se extrae por destilación distintos gases combustibles, como el amoníaco y el ácido acético.

(en Valencià) - LA TORBERA DEL PRAT DE CABANES-TORREBLANCA:  La torbera del Prat de Cabanes-Torreblanca presenta la torbera més extensa de les albuferes i llacunes costaneres de la Comunitat Valenciana, l'activitat extractiva de terres de torba ha generat, al terme de Torreblanca i també en el de Cabanes, un sistema llacunar, artificial i permanent, d'aigües lliures amb una profunditat d'uns 4 a 6 metres, este sistema llacunar d'extracció de torba es troba en contínua expansió, ja que l'activitat minera va ocupant nous terrenys cap al sud per l'interior de Parc Natural. L'explotació de mines de torba al Prat de Torreblanca, es remunta del segles XIX al XXI. La torba s'utilitza per produir energia, en agricultura i com a font de compostos químics orgànics, i també per a medicina i teràpies, de la torba es poden extreure per destil·lació diferents gasos combustibles, com l'amoníac i l'àcid acètic. El consum de torba com a combustible està en continu retrocés, guanyant posicions, en canvi, en agricultura i horticultura com a adob i corrector de sòls, així com en aplicacions industrials. Destacar el seu ús com a absorbent de greixos, medi filtrant de contaminants en efluents miners, drenatge en inundacions urbanes i absorbent estèril en productes d'higiene femenina.

EL ORIGEN DEL PARAJE NATURAL DEL PRAT DE CABANES-TORREBLANCA (CASTELLÓN, ESPAÑA): El Prat es una importante zona húmeda litoral ubicada entre la Ribera de Cabanes (Torre la Sal) y Torreblanca (Torrenostra), separada del mar Mediterráneo, por un cordón de gravas, arenas y cantos rodados.

- Hace unos 6.000-7000 años este tramo de la costa, se convirtió en una albufera formada por la interacción de una restinga de gravas y materiales pétreos rodados aportados por el río Cuevas, que se posaron en forma de barras constituyendo una barrera natural, e impidiendo el desagüe de las aguas terrestres al mar conformándose una laguna lacustrre, esta primitiva albufera se fue colmatando con depósitos vegetales cuaternarios acuáticos, que se constituyeron en la base para la formación de turba, resultando de la carbonificación de los restos vegetales, creando el marjal y el pantano del Prat, hoy ya muy reducido en extensión, respecto a su extensión primitiva.

- En el siglo XVIII se realizan las primeras intervenciones en el paraje del Prat, mediante la apertura de azarbes y el depósito de la tierra resultante de la excavación sobre los campos a cultivar. A mediados del siglo XIX comienzan las concesiones para su desecación y en el último tercio del siglo XIX se abre el canal perimetral y se inicia el cultivo del arroz que se abandonó por falta de rentabilidad, en la década de los años 60 del pasado siglo XX.

- Una gran parte de los terrenos del Prat, quedó inculta con el abandono de los cotos arroceros, siendo colonizada de nuevo por la vegetación natural, y otra se dedicó a la ganadería, y a horticultura y a los frutales. 

SINOPSIS: "La intención de este quien escribe estos textos, es la de aportar datos históricos fehacientes para poner de manifiesto las diversas etapas evolutivas del humedal llamado el Prat de los términos municipales de Torreblanca y Cabanes, preservar el conocimiento popular y la trasmisión cultural verbal, y tratar de mejorar las perspectivas de entendimiento y de interpretación de los avatares evolutivos naturales y antrópicos de este medio lacustre del Prat, y explicar las transformaciones antrópicas e históricas que han modelado los paisajes y la naturaleza de este importante humedal del Prat de Cabanes-Torreblanca (Castellón), el cual fue declarado en el año 1994 Parque Natural de la Comunidad Valenciana. Saludos a los lectores. Atentamente. Juan E. Prades Bel. Año 2019".

REFRÁNERO POPULAR: “El sabio, es además redentor, porque con su obra van a ser vencidos el dolor, la miseria y la ignorancia".

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:

- Embarques de productos del país en la playa de Peñíscola, año 1867. Autor: Juan E. Prades.

- Embarque de productos de la tierra en la playa o grao de Torreblanca-Torrenostra, en el siglo XIX. Autor: Juan E. Prades.

- Embarques de productos del país en los graos y embarcaderos habilitados en las playas de Burriana, Moncofar y Almazora, en el siglo XIX. Autor: Juan E. Prades.

- Proyecto de construcción de un muelle embarcadero en la rada de Benicarló, año 1883. Autor: Juan E. Prades.

- Embarques y desembarques, de productos del país en la playa o grao de Moncofar en el siglo XIX. Autor: Juan E. Prades.

-http://www.agroambient.gva.es/web/pesca        
-http://mayores.uji.es/blogs/antropvinaros/2012/01/23/el-mundomarinero-en-nuestra-costa/#more-389
https://barcosmercantes.blogspot.com/2020/06/benicarlo-1883.html.
https://barcosmercantes.blogspot.com/2020/06/peniscola-ano-1867.html
https://antropologiabiocultural.blogspot.com/2020/06/peniscola-1920.html https://antropologiabiocultural.blogspot.com/2020/06/benicarlo-1883.html

NOTAS DE OPINIÓN Y COLABORACIÓN ENVIADAS POR LECTORES DE ESTE ARTÍCULO: 

- Comentarios de Jean Michel Tomas (París, 22-8-2023): "Muy agradable presentación y excelente documentación y poner los nombres de los trabajadores es respeto!. 

- Comentarios de Jean Michel Tomas (París, 22-8-2023): "Esto me recuerda al viaje de 5000 km que hice por toda Irlanda en el año 1984 con toda la familia (niños de 4 y 2 años). En la región de Connemara, en el centro norte del país (Irlanda), había montones y montones de 2 a 3 metros de altura de cubos de tierra de 5 o 6 metros de cada lado a lo largo de todas las carreteras. Me bajé del auto y cada cubo de 40 cm de "tierra" era sumamente ligero de levantar, eran cubos de turba cuya forma salía de la pala cuadrada para sacarla de inmensos pantanos hasta donde alcanzaba la vista. Cerca de las casas ese olor particular a humo perfumado y con el viento en toda la inmensa campiña de un país completamente despoblado y que colapsaba económicamente y demográficamente con una considerable inmigración un poco para Estados Unidos y la mayor parte hacia Inglaterra para hacer obras de construcción de carreteras, cosas que no les gustaba hacer a los ingleses".

- Comentarios de Jean Michel Tomas (París, 22-8-2023): "En otro viaje en el año 1994, en el extremo norte de Escocia, en Dufftown, sobre Aberdeen, ¿el mismo olor agradable a turba en toda la pequeña ciudad?. Provenía de la planta de elaboración y destilación del famoso whisky de la marca Glenfiddich, y mientras visitaba la empresa me enteré de que los fuegos de turba también se utilizan para secar la cebada durante el proceso de fabricación de los mejores whiskies. Bueno, es un cuento que nos recuerda hacer la vuelta a este documento tan bien pensado y realizado por Juan Emilio. ¡¡ Un whisky o más bien un coñac o un brandy para todos !!


- COL·LECCIÓ FOTOGRÀFICA DE LLUÍS LÓPEZ FABREGAT
Temàtica: Colla de torreblanquins extraient a mà la turba d'una explotació minera del Prat de Torreblanca.
- Imágenes tomadas a finales de los años 60 y principios de los años 70, los compañeros son Luis López “Cuatrín”, Pepito “el Sereno”, Antonio Llanes, Checa, Natalio Huerga, Antonio Puig, Paco López, Manolo el que tenía la Taverna “la Figuereta”, Vicente “Pataco”.