Por: JUAN E. PRADES BEL, “Crónicas”, “Humanismo”,
(Proyecto: "ESPIGOLANT CULTURA": Taller de historia, memorias y
patrimonios).
(Sinopsis): RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR…
(Temática): DATOS PARA LA HISTORIA DE TORREBLANCA Y TORRENOSTRA:
"HISTORIAS DEL MAR: SUBASTA DE LAS OBRAS DE "DEFENSA LITORAL EN LA PLAYA DE TORRENOSTRA", AÑO 1955".
Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL.
INTRODUCCIÓN: En el año 1955 se aprobó por la Dirección General de Puertos y Señales Marítimas del Ministerio de Obras Públicas de España, la construcción y la asignación del presupuesto para llevar a cabo una gran obra pública en la pedanía marinera de Torrenostra, las obras se comenzaron en el año 1956, se trataba de edificar un gran muro a modo de dique de contención de la subida de las aguas del mar, se construyó frente a las casas para separar estas del mar, el muro de contención se extendía a todo lo largo del poblado de Torrenostra.
EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: B. O. del E.—Núm. 293. 20 octubre 1955. páginas 6341 y 6342. Publicado en el Boletín Oficial del Estado:
Obsérvese Torrenostra con un "serradal" muy bajo y desgastado, que no ofrecía suficiente protección a las casas frente al embate de los temporales de Levante. |
1.º Documento de identidad del licitador.
2.° Documentos que acrediten la personalidad del mismo, si actúa en nombre de otro.
3.° Tratándose de Empresas, Compañías o Sociedades, además de la certificación relativa a incompatibilidades que determina el Real Decreto de 24 de diciembre de 1928, documentos que. justifiquen su existencia legal e inscripción en el Registro Mercantil, su capacidad para celebrar el contrato y los que autoricen al firmante de la proposición para actuar en nombre de aquélla, debiendo estar legitimadas las firmas de las certificaciones correspondientes. Si concurre alguna entidad extranjera, debe acompañar certificado de legalidad de la documentación que presente referente a su personalidad, expedida bien por el Cónsul de España en la nación de origen, o bien por el Cónsul de esa nación en España.
4.° Declaración, para las personas naturales, y certificación, en el caso de Empresas. de no estar comprendidos en ninguna de las incompatibilidades que, para contratar con el Estado, establece el artículo 48 de la Ley de Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública.
5.° Justificación de hallarse al corriente en el pago de los seguros sociales y contribución industrial o dé Utilidades.
6.° Cuantos otros documentos se requieran en el pliego de condiciones particulares y económicas como necesarios para tomar parte en la licitación de esta contrata. En el caso que resultasen dos o más proposiciones iguales, se verificará en el acto licitación por pujas a la llana, durante el término de quince minutos, entre los licitadores de aquellas proposiciones, y si terminado dicho plazo subsistiese la igualdad, la adjudicación se decidirá por medio de sorteo.
Madrid, 7 de octubre de 1955 —El Director general, G. Pérez Conesa.
Torrenostra |
Dirección General de Puertos y Señales Marítimas
Adjudicando definitivamente a don Rafael Igoa Moreno la ejecución de las obras de «Defensa litoral en la playa de Torrenostra» (Castellón). Visto el resultado de la licitación celebrada en la Dirección General de Puertos y Señales Marítimas el día 17 de noviembre de 1955, Este Ministerio ha resuelto adjudicar definitivamente la ejecución de las obras de «Defensa litoral en la playa de Torrenostra». en la provincia de Castellón, al único postor, don Rafael Igoa Moreno, en la cantidad de un millón setecientas ocho mil pesetas (1.708.000), que en su relación con el presupuesto de contrata aprobado, de un millón setecientas veinticinco mil quinientas dieciséis pesetas con noventa y seis céntimos (pesetas 1.725.516,96), representa una baja de diecisiete mil quinientas dieciséis pesetas con noventa y seis céntimos (17.516,96) en beneficio del Estado. Lo que en cumplimiento de la orden ministerial de esta fecha comunico a V. S. para su conocimiento, el del Ingeniero Director y efectos procedentes» Dios guarde a V. S. muchos años. Madrid, 23 de noviembre de 1955.
—El Director general, G. Pérez Conesa. Sr. Presidente de la Comisión Administrativa de Puertos a cargo directo del Estado.
ADDENDA:
ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL
ARTÍCULO. (POR JUAN E. PRADES):
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